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SMV proyecta normas para convocatorias no presenciales de asambleas de partícipes, asociados, comités y órganos de sociedades
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La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) publica el proyecto de las "Normas para las convocatorias y celebraciones de asambleas de partícipes, asambleas de asociados, comités y otros órganos de las sociedades a las que la SMV otorga autorización de funcionamiento", el documento está a disposición en la dirección www.smv.gob.pe, a partir de las 00:00 horas del lunes 25 de mayo del 2020. El plazo para que las personas interesadas puedan remitir sus comentarios y observaciones es de cinco días calendario contados a partir del lunes 25 de mayo del 2020 a la siguiente dirección de correo electrónico: CyA_nopresencial@smv.gob.pe. [SMV, R. 043-2020-SMV/02, 20/05/2020] Ficha: Vigencia: 21/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba beneficios por pagar deudas tributarias y no tributarias
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Con el fin de mitigar el impacto económico a consecuencia de las medidas adoptadas para prevenir y controlar la propagación de la COVID-19, la Municipalidad Metropolitana de Lima establece beneficios para cumplir con el pago de deudas tributarias y no tributarias, cuya administración se encuentra a cargo del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT). De acuerdo con la ordenanza, los contribuyentes y/o administrados podrán acogerse al presente beneficio optando por las siguientes modalidades de pago: a) Pago al contado: realizado en una sola cuota y momento, a través de cualquiera de los canales implementados y mediante cualquier medio de pago aceptado por el SAT. b) Pago fraccionado: previa aprobación de la solicitud de fraccionamiento, la que se sujetará a lo dispuesto en el Reglamento de fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias vigente, debiendo realizar el pago de la cuota inicial el día de suscripción. Para acceder al fraccionamiento de deudas por concepto de multas impuestas por la comisión de infracciones a las disposiciones de tránsito y transporte, previamente se debe efectuar la afiliación al servicio de alerta denominado “Pit@zo”. El beneficio estará vigente hasta noventa días calendario posteriores, contados a partir de su vigencia. Para las obligaciones no tributarias, la municipalidad establece como incentivo por realizar el pago al contado por canales virtuales, en cualquier banco, agente bancario u otros canales distintos a las oficinas del SAT, un descuento adicional del 5% sobre el importe total del insoluto de las multas pendientes de pago, correspondientes al ejercicio 2020 y años anteriores. [MML, Ord. 2259, 20/05/2020] Ficha: Vigencia: 21/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Jesús María adecua ordenanza que establece disposiciones con el objeto de prevenir, mitigar y evitar la propagación de la COVID-19 en el distrito
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A través del Decreto Supremo N° 083-2020-PCM, publicado el 10 de mayo del 2020, el Poder Ejecutivo dispuso que en los mercados, supermercados, establecimientos comerciales minoristas de alimentación y otros centros de venta de alimentos no preparados se permita un aforo no mayor del 50%. Además, se exige para el ingreso la desinfección previa y el uso obligatorio de mascarillas, así como mantener una distancia social no menor de un metro. También facultó a la autoridad sanitaria y a los gobiernos locales, para que, con apoyo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, dentro del ámbito de sus competencias, para ejercer la fiscalización y supervisión del cumplimiento de estas disposiciones. En este contexto, hoy la Municipalidad Distrital de Jesús María modifica el segundo párrafo del artículo 3° de la Ordenanza N° 609-MDJM que establece disposiciones con el objeto de prevenir, mitigar y evitar la propagación de la COVID-19 en el distrito, con ello lo adecua a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 083-2020-PCM. [MDJM, Ord. 610-MDJM, 20/05/2020] Ficha: Vigencia: 21/05/2020. Modificaciones y derogaciones: modifica la Ord. 609-MDJM. Información relacionada: notiLEX 0740
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