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Vivienda aprueba nuevo Reglamento de los Revisores Urbanos
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El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (Minvivienda) aprueba el nuevo Reglamento de los Revisores Urbanos que consta de cinco capítulos, veintiún artículos, seis disposiciones complementarias finales, una disposición complementaria transitoria y los anexos N° 01 y N° 02. Esta norma contiene las modificaciones realizadas a través del Decreto Legislativo N° 1426 a diversos artículos de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones (Ley N° 29090), con la finalidad de simplificar los procedimientos administrativos para obtener licencias de habilitación urbana y edificaciones. El reglamento tiene por objeto regular la actuación del revisor urbano en la revisión de los anteproyectos en consulta y de los proyectos de habilitación urbana y de edificación en las modalidades de aprobación B, C y D, para obtener la licencia correspondiente, conforme con lo establecido en la Ley N° 29090. Con esta norma se deroga el Decreto Supremo N° 022-2017-Vivienda, Decreto supremo que aprueba el Reglamento de los Revisores Urbanos. [Vivienda, D. S. 006-2020-Vivienda, 6/05/2020] Ficha: Vigencia: 7/05/2020. Modificaciones y derogaciones: deroga el Decreto Supremo N° 022-2017-Vivienda.
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Desde el 11 de mayo la SBN atenderá citas a través de "Reúnete Virtual"
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A partir del 11 de mayo del 2020, la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) implementa el Servicio de Atención Virtual de Administrados denominado "Reúnete Virtual", al que se podrá acceder a través de: www.sbn.gob.pe y a través del correo institucional: reunetevirtual@sbn.gob.pe, que estará bajo la administración de la Unidad de Trámite Documentario. Esta herramienta permitirá que los administrados efectúen sus requerimientos de citas y sean atendidos mediante el uso de canales digitales con la finalidad de garantizar la continuidad de la gestión institucional. Para este fin, además, se aprueba la guía denominada "Servicio de Atención Virtual de Administrados Reúnete Virtual", que establece las acciones a seguir para aplicar el Servicio de Atención Virtual de Administrados, cuya actualización estará a cargo de la Unidad de Trámite Documentario. [SBN, R. 0026-2020/SBN, 6/05/2020] Ficha: Vigencia: 7/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Magdalena ofrece descuentos para el pago de tributos y permite el canje de deudas por la prestación de servicios a la municipalidad
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Dadas las circunstancias de excepcionalidad por la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno nacional a causa del brote de coronavirus (COVID-19), la Municipalidad de Magdalena del Mar emite una ordenanza que incentiva y flexibiliza el pago de los tributos municipales para que los vecinos y contribuyebtes puedan cumplir oportunamente. En este sentido, se establece que los contribuyentes podrán optar por acogerse al pago del Impuesto Predial y arbitrios municipales 2020 sin intereses. Los contribuyentes podrán pagar por medios electrónicos o virtuales, a través del aplicativo celular "Yo Pago Magdalena", web: www.pagosenlinea.munimagdalena.gob.pe, asimismo a través de las páginas web de los bancos; BBVA, Scotiabank y otros que puedan incorporarse en el proceso e implementación de la presente ordenanza. Se contempla también el pago presencial en las cajas de la Subgerencia de Tesorería ubicadas en el palacio municipal, así como en las agencias de los bancos referidos. Adicionalmente, la municipalidad permitirá a las personas naturales propietarias de predios con uso de casa habitación y que tengan una sola unidad predial y que mantengan deudas tributarias hasta el monto de S/ 3.000 por el concepto de arbitrios municipales hasta el 2020, cumplir con el pago total o parcial de las mismas mediante la prestación de servicios a la Municipalidad Distrital de Magdalena de Mar en las áreas de Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental (limpieza pública y parques y jardines) y Seguridad Ciudadana. [MDMM, Ord. 089-2020-MDMM, 6/05/2020] Ficha: Vigencia: 7/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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