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Chorrillos prorroga hasta el 30 de mayo los beneficios para el pago de tributos
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La Municipalidad Distrital de Chorrillos prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 391-2020/MDCH que aprueba la "Ordenanza que otorga beneficios especiales a los vecinos solidarios que cumplan con el pago total de sus tributos municipales periodo 2020", hasta el 30 de mayo del 2020. [MDCH, D. de Alc. 003-2020-MDCH, 30/04/2020] Ficha: Vigencia: 1/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Impuesto Predial en Chorrillos podrá pagarse hasta el 30 de noviembre
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Ante la ampliación del estado de emergencia nacional declarado por el Gobierno para frenar el avance de la COVID-19, la Municipalidad de Chorrillos prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 385-2020/MDCH que aprueba la "Ordenanza que amplía la vigencia del primer trimestre de los tributos municipales", cuya vigencia será la siguiente: Impuesto Predial: 30 de noviembre del 2020; 1er. trimestre arbitrios municipales: 30 de noviembre del 2020. [MDCH, D. de Alc. 004-2020-MDCH, 30/04/2020] Ficha: Vigencia: 1/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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San Miguel otorga beneficios tributarios a favor de sus contribuyentes por el estado de emergencia nacional
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La Municipalidad Distrital de San Miguel emite una ordenanza a través de la que otorga diversos beneficios tributarios para que los contribuyentes del distrito cumplan oportunamente sus obligaciones tributarias y reduzcan el impacto que les podrían generar las medidas extraordinarias adoptadas durante el estado de emergencia nacional declarado por el Gobierno. En este sentido, se otorga un descuento del 30% sobre el insoluto de los arbitrios municipales del ejercicio 2020, correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo, para todos los contribuyentes que cumplan con actualizar sus datos y paguen los arbitrios a través de la página web www.munisanmiguel.gob.pe (pago en línea). Para los meses distintos a los mencionados, podrán continuar gozando de los beneficios establecidos por la Ordenanza N° 404/MDSM, que establece incentivos para el pago de tributos por la actualización de datos de los contribuyentes. Además, condonará el 100% de los intereses moratorios sobre las obligaciones tributarias derivadas del Impuesto Predial y arbitrios del ejercicio 2020, hasta la fecha de vigencia de la emergencia sanitaria. Asimismo, condonará el 100% de los intereses moratorios por concepto de fraccionamiento que devenguen durante el plazo establecido para la citada emergencia. [MDSM, Ord. 406/MDSM, 30/04/2020] Ficha: Vigencia: 1/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Se fija en 1% la TIM aplicable a las deudas administradas y recaudadas por la Municipalidad de San Miguel
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Se fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) en 1% mensual, aplicable a las deudas tributarias administradas y/o recaudadas por la Municipalidad Distrital de San Miguel, en concordancia con la Resolución de Superintendencia N° 066-2020/Sunat. [MDSM, Ord. 408/MDSM, 30/04/2020] Ficha: Vigencia: 1/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Surco fija en 1% la TIM aplicable a las deudas tributarias que administra y recauda
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En concordancia con lo establecido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) en la Resolución N° 066-2020/Sunat; la Municipalidad de Santiago de Surco fija en 1% mensual la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias que administra y/o recauda. [MDSS, Ord. 616-MSS, 30/04/2020] Ficha: Vigencia: 1/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Surco establece medidas tributarias para mitigar el impacto económico producido por el estado de emergencia nacional
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Para ayudar a los vecinos surcanos a mitigar los efectos del impacto económico desencadenado por las disposiciones de prevención, entre estas la del distanciamiento social y desplazamiento restringido; la Municipalidad de Santiago de Surco modifica las fechas de vencimiento de la 2° y 3° cuotas del ejercicio fiscal 2020 del pago del Impuesto Predial y la tasa de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo. Además, otorga los siguientes beneficios: condona los intereses legales de la deuda tributaria generados o que se generen durante el estado de emergencia nacional, período que será computado entre el 16 de marzo y el 30 de junio del 2020: suspende las cobranzas coactivas durante el citado período, el que será computado entre el 16 de marzo y el 30 de junio del 2020; suspende los plazos de los procedimientos tributarios en trámite por el lapso que establecen los decretos de urgencia N° 026-2020 y N° 28-2020, según corresponda, incluso durante el período que va entre el 16 de marzo del 2020 y la entrada en vigencia de los citados dispositivos decretos. [MDSS, Ord. 617-MSS, 30/04/2020] Ficha: Vigencia: 1/05/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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