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Los partes notariales de constitución de empresas se inscribirán en el Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y del Callao con firma digital y se tramitarán exclusivamente a través del Sid-Sunarp
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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) disponer que, a partir del 25 de mayo del 2020, los partes notariales que contienen el acto constitutivo de sociedades anónimas (S.A.), sociedades anónimas cerradas (S.A.C.), sociedades comerciales de responsabilidad limitada (SCRL) y empresas individuales de responsabilidad limitada (EIRL) para inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y de la Oficina Registral del Callao, ambas de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, se expidan con firma digital y se tramiten exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp (SID-Sunarp), en aplicación de lo dispuesto por la Décimo Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 1049. Además, establece que con la inscripción de la constitución de las empresas, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) asignará automáticamente el número de RUC. El notario entregará el formato de solicitud de acceso, en caso corresponda, así como la clave SOL y el código de usuario al representante de la empresa o a la persona designada por esta, teniendo en cuenta el procedimiento que para tal efecto establezca la Sunat. [Sunarp, R. 045-2020-Sunarp/SN, 28/04/2020] Ficha: Vigencia: 29/04/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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