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Normas publicadas el Domingo 15
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Gobierno declara el Estado de Emergencia Nacional y aislamiento social obligatorio
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El Gobierno declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince días calendario y dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), medidas que toma por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del Covid-19. Durante el Estado de Emergencia Nacional se garantiza el abastecimiento de alimentos, medicinas, así como la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios. Se restringe el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, disposiciones comprendidas en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2° y en el inciso 24, apartado f del mismo artículo de la Constitución Política del Perú. [PCM, D. S. 044-2020-PCM, 15/03/2020] Ficha: Vigencia: 16/03/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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ATU dicta medidas para evitar la propagación del coronavirus en el transporte de personas
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Ante la existencia de ciudadanos infectados con el coronavirus Covid-19 en el país y las medidas dadas por el Ministerio de Salud, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) aprueba el documento denominado "Disposiciones para evitar la propagación del Coronavirus (Covid-19) durante la prestación del servicio público de transporte de personas". Este documento precisa que los vehículos se desinfectarán diariamente, prestando especial atención en las superficies y objetos que tienen contacto frecuente con los usuarios del servicio (por ejemplo: manijas de las puertas, pasamanos, apoyabrazos, cinturones de seguridad). Para desinfectar se utilizará productos como lejía o alcohol etílico. Además, se procurará una adecuada ventilación en las unidades vehiculares; así como la conveniencia de limpiar regularmente los filtros de ventilación y de poner a disposición de los pasajeros toallitas limpiadoras, geles o soluciones alcohólicas. También colocar un cartel informativo con las recomendaciones y canales de comunicación habilitados por el Ministerio de Salud (Minsa), en todas las unidades vehiculares. [ATU, R. 49-2020-ATU/PE, 15/03/2020] Ficha: Vigencia: 16/03/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Normas publicadas el Sábado 14
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Barranco amplía hasta el 31 de marzo el vencimiento para presentar la declaración y realizar el pago del Impuesto Predial
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La Municipalidad Distrital de Barranco fija el 31 de marzo del 2020 como la nueva fecha de vencimiento para presentar la Declaración Jurada Anual del ejercicio 2020 y para el vencimiento del pago total al contado o el pago fraccionado correspondiente al primer trimestre del Impuesto Predial 2020. Asimismo condonará las multas tributarias generadas para el año 2020, producto de la Declaración Jurada Anual del ejercicio 2020, generadas hasta antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza. [MDB, Ord. 540-2020-MDB, 14/03/2020] Ficha: Vigencia: 15/03/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Contribuyentes de Lurín podrán acogerse a los beneficios de pronto pago, descuentos en arbitrios municipales 2020 y condonación de intereses moratorios hasta el 31 de marzo
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Para disminuir el índice de morosidad de los contribuyentes registrados con predios de uso casa habitación y comercio vecinal; la Municipalidad Distrital de Lurín prorroga hasta el día 31 de marzo del 2020 la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 390-2020/ML, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 12 de febrero del 2020, que establece beneficios tributarios por pronto pago, descuentos en arbitrios municipales y condonación de intereses moratorios en el distrito de Lurín. [ML, D. de Alc. 004-2020-ALC/ML, 14/03/2020] Ficha: Vigencia: 15/03/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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