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Sunat dicta normas para acogerse a los regímenes de sinceramiento y de facilidades del pago de deudas por aportaciones al ESSALUD
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En el marco del Decreto Supremo N° 032-2020-EF, que aprobó el Reglamento de los regímenes de sinceramiento y de facilidades de pago de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y dispone en su párrafo 4.1 del artículo 4°, que la solicitud de acogimiento debe presentarse en la forma y condiciones que establezca la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) mediante una resolución, se aprueba las “Normas para la presentación de la solicitud de acogimiento a los regímenes de sinceramiento y de facilidades de pago de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al seguro social de salud”. En este sentido, se utilizarán los siguientes formularios: a) El Formulario Virtual N° 1702 - “Formulario Virtual - REFACSSS”. b) El Formulario Virtual N° 1703 - “Formulario Virtual - RESICSSS”. Estos formularios se encontrarán a disposición de los interesados a partir del 17 de febrero del 2020, fecha en la que entrará en vigencia la presente resolución. [Sunat, R. 040-2020/Sunat, 14/02/2020] Ficha: Vigencia: 17/02/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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San Borja ofrece incentivos para cumplir con las obligaciones tributarias derivadas de un proceso de fiscalización o actualización catastral
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La Municipalidad Distrital de San Borja establece incentivos en favor de sus contribuyentes que tengan obligaciones pendientes de regularizar por: modificaciones en predios no declarados, cambios de uso, áreas no registradas ante la administración tributaria, procesos de atribución de responsabilidad solidaria y otros con incidencia en la determinación del Impuesto Predial y/o arbitrios municipales. Para el efecto, establece un incentivo para la regularización voluntaria o luego de un proceso de fiscalización tributaria o actualización catastral. Esta ordenanza no alcanza a las edificaciones o áreas construidas antirreglamentarias ni regulariza el incumplimiento de la normativa urbana. [MSB, Ord. 639-MSB, 14/02/2020] Ficha: Vigencia: 15/02/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Municipalidad de Santa Anita establece fechas de vencimiento para el pago de impuestos del Ejercicio 2020
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La Municipalidad de Santa Anita establece las siguientes fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de los arbitrios municipales del ejercicio 2020: Impuesto Predial Pago al contado: hasta el 29 de febrero de 2020 Pago fraccionado: Primera cuota hasta el 29 de febrero de 2020 Segunda cuota hasta el 31 de mayo de 2020 Tercera cuota hasta el 31 de agosto de 2020 Cuarta cuota hasta el 30 de noviembre de 2020 Arbitrios municipales Primera y segunda cuota hasta el 29 de febrero de 2020 Tercera cuota hasta el 31 de marzo de 2020 Cuarta cuota hasta el 30 de abril de 2020 Quinta cuota hasta el 31 de mayo de 2020 Sexta cuota hasta el 30 de junio de 2020 Sétima cuota hasta el 31 de julio de 2020 Octava cuota hasta el 31 de agosto de 2020 Novena cuota hasta el 30 de setiembre de 2020 Décima cuota hasta el 31 de octubre de 2020 Onceava cuota hasta el 30 de noviembre de 2020 Doceava cuota hasta el 31 de diciembre de 2020 Derechos de emisión Único pago hasta el 29 de febrero de 2020 Además, los contribuyentes podrán acceder voluntariamente a los incentivos por pronto pago con el descuento al insoluto del monto de los arbitrios municipales. [MDSA, Ord. 000280/MDSA, 14/02/2020] Ficha: Vigencia: 15/02/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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