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Norma publicada el Lunes 10
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MTPE modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo
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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modifica los artículos 4° (Funciones de la Inspección del Trabajo), 8° (Origen de las actuaciones inspectivas), 17 (Finalización de las actuaciones inspectivas), 18 (Medidas inspectivas), 21 (Medida inspectiva de paralización y/o prohibición de trabajos o tareas), 22 (Infracciones administrativas), 27 (Infracciones graves de seguridad y salud en el trabajo), 28 (Infracciones muy graves de seguridad y salud en el trabajo), 46 (Infracciones muy graves a la labor inspectiva), 48 (Cuantía y aplicación de las sanciones) y 53 Trámite del procedimiento sancionador) e incorpora el artículo 21-A (Medida inspectiva de cierre temporal del área de una unidad económica o de una unidad económica) y 21-B (Disposiciones comunes para la medida inspectiva de cierre temporal del área de una unidad económica o una unidad económica y para la medida de paralización y/o prohibición de trabajos o tareas) contenido en el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2006-TR, para adecuarlo a los cambios en la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo que dispuso el Decreto de Urgencia N° 44-2019. [MTPE, D. S. 008-2020-TR, 10/02/2020] Ficha: Vigencia: 11/02/2020. Modificaciones y derogaciones: modifica el Decreto Supremo N° 019-2006-TR.
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Normas reglamentarias del Decreto de Urgencia N° 044-2019 relativas al seguro de vida
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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprueba las normas reglamentarias del Decreto de Urgencia N° 044-2019, decreto de urgencia que establece medidas para fortalecer la protección de salud y vida de los trabajadores, relativas al seguro de vida previsto en el Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales. De acuerdo con la norma, el MTPE, por resolución ministerial, emite la normativa complementaria para implementar el sistema virtual del Registro Obligatorio de Contratos del Seguro Vida Ley, en un plazo no mayor a 45 días calendario, contados desde mañana. [MTPE, D. S. 009-2020-TR, 10/02/2020] Ficha: Vigencia: 11/02/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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El TLC con Australia entrará en vigencia el 11 de febrero del 2020
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El Gobierno dispone que el "Acuerdo de Libre Comercio entre la República del Perú y Australia" suscrito en Canberra, Australia, el 12 de febrero del 2018 y ratificado por el Decreto Supremo N° 009-2019-RE del 21 de febrero de 2019, entre en vigor el 11 de febrero del 2020. Ficha: Vigencia: 11/02/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Norma publicada el Sábado 8
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Surco incentiva la regularización y pago de las deudas generadas por fiscalización tributaria o por la presentación de la declaración jurada voluntaria
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La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco emite una ordenanza para incentivar la declaración voluntaria de inscripción y/o rectificación de predios dentro del procedimiento de fiscalización tributaria y el pago de la deuda tributaria que estas generen, a través del otorgamiento de beneficios extraordinarios que faciliten la regularización de su situación tributaria. Los contribuyentes que cumplan con los requisitos exigidos por la presente ordenanza gozarán de la aplicación de: a) condonación del 100% de las multas tributarias generadas por la infracción establecida en el numeral 1) del artículo 176 y/o numeral 1) del artículo 178 del Código Tributario. b) condonación del 100% de los intereses moratorios correspondientes al tributo omitido o la diferencia detectada. c) Condonación del 100% del derecho de emisión del tributo omitido. d) Condonación del 100% del factor de reajuste de tratarse del Impuesto Predial. La deuda liquidada con aplicación de los beneficios de condonación antes mencionados no está sujeta al Régimen de Gradualidad de Sanciones aprobado por la Ordenanza N° 331-MSS, ni al Régimen de Incentivos aprobado por la Ordenanza N° 311-MSS, los que permanecerán vigentes y aplicables en todos los demás casos no acogidos a la presente ordenanza. [MSS, Ord. 615-MSS, 08/02/2020] Ficha: Vigencia: 9/02/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Es ilegal que una municipalidad exija aporte del 2% del área total de un lote matriz que se dividirá en sub-lotes
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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declara como barrera burocrática ilegal la exigencia de aportar el 2% del área total del lote matriz que se subdividirá en dos o más sub-lotes, en todos los casos de subdivisiones sin cambio de uso, materializada en el artículo segundo de la Ordenanza N° 1188. Esta declaración se sustenta en que la entidad denunciada excedió sus competencias al establecer la regulación, debido a que en el ordenamiento jurídico no existe una norma vigente que contemple la obligatoriedad de aportar el 2% de aquellos predios que se sujeten a los procedimientos de subdivisión de lotes, por lo que su imposición vulnera el Artículo VIII del Título Preliminar y el artículo 78 de la Ley Orgánica de Municipalidades. [Indecopi, R. 0523-2019/SEL-Indecopi, 08/02/2020] Ficha: Vigencia: 9/02/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Indecopi declara como barreras burocráticas ilegales los requisitos exigidos por Colegio de Abogados para ejercer el patrocinio de casos ante el Poder Judicial
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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declara como barreras burocráticas ilegales diversos requisitos impuestos por el Colegio de Abogados de La Libertad (CALL) para ejercer el patrocinio de casos ante el Poder Judicial. El Indecopi considera que, a través del Reglamento de Incorporaciones y el estatuto, el CALL creó exigencias adicionales a las previstas en el artículo 4° de la Ley N° 1367, Ley del Colegio de Abogados, para incorporar a los profesionales en su orden y puedan ejercer el patrocinio de casos ante el Poder Judicial, las que resultan ilegales. (Indecopi, R. 0625-2019/SEL-Indecopi, 8/02/2020] Ficha: Vigencia: 9/02/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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