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San Luis establece el tope máximo del incremento de arbitrios municipales del 2020
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Para no trasladar la carga tributaria a los contribuyentes del distrito de San Luis, como resultado de la determinación de la tasa de Arbitrios Municipales del año 2020 que estableció la Ordenanza N° 283-MDSL/C, la municipalidad otorgará un beneficio tributario consistente en un tope máximo de incremento del 20% para los predios destinados al uso de casa habitación, comercio vecinal y terrenos sin construir; así, el impacto por el incremento podrá ser asumido progresivamente en cada ejercicio por los contribuyentes, hasta alcanzar un nivel óptimo que les evite un perjuicio económico. Para los predios con uso de casa habitación, esta norma también alcanza a las unidades o partes accesorias al predio principal, como la cochera, garaje, tendales, depósitos, azoteas, aires y otros afines independizados registralmente o declarados para efectos tributarios ante la administración tributaria. [MDSL, Ord. 290-MDSL/C, 6/02/2020] Ficha: Vigencia: 7/02/2020. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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