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En Jesús María se pagará S/ 6,94 por la emisión mecanizada con la actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y arbitrios municipales 2020
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La Municipalidad Distrital de Jesús María fija el derecho por concepto de emisión mecanizada de la actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y arbitrios municipales 2020, en S/ 6,94 por un predio y S/ 2,40 por cada predio adicional. Asimismo, aprueba el informe técnico que comprende la estructura de costos y la estimación de ingresos por el servicio de emisión mecanizada por concepto de Impuesto Predial y arbitrios municipales del ejercicio 2020. [MDJM, Ord. 601-MDJM, 27/12/2019] Ficha: Vigencia: 28/12/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Jesús María publica ordenanzas que establecen el régimen tributario de arbitrios
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En una Separata Especial del Diario Oficial "El Peruano", la Municipalidad Distrital de Jesús María publica la Ordenanza N° 599-MDJM, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios de Barrido de Calles, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el Ejercicio 2020 y la Ordenanza N° 600-MDJM, que aprueba el Régimen Tributario del Arbitrio de Recolección de Residuos Sólidos para el Ejercicio 2020. [MDJM, Ord. 599 y 600-MDJM, 27/12/2019] Ficha: Vigencia: 28/12/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Santa Anita fija monto anual de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada de autoavaluo y liquidación del Impuesto Predial y arbitrios municipales
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La Municipalidad Distrital de Santa Anita aprueba la aplicación para el ejercicio 2020 del Acuerdo de Concejo N° 590 de la Municipalidad Metropolitana de Lima que ratificó la Ordenanza N° 000258/MDSA. En este sentido, prorroga para el ejercicio 2020 la vigencia de la Ordenanza N° 000258/MDSA, que establece en S/ 4,10 el monto anual que abonarán los contribuyentes titulares de un solo predio por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada de autoavaluo y liquidación del Impuesto Predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2019. Los contribuyentes que posean más de un predio abonarán por cada predio adicional el monto de S/ 0,80 céntimos de sol, que comprende S/ 0,40 céntimos de sol por recibo Predio Urbano (PU) y S/ 0,40 céntimos de sol por el recibo de Liquidación de Arbitrios Municipales (LAM), debiéndose fijar como tope máximo el 0,4% de la UIT vigente al 01 de enero del 2020, como concepto de derecho de emisión mecanizada para los contribuyentes que posean más de un predio. [MDSA, Ord. 000278/MDSA, 27/12/2019] Ficha: Vigencia: 28/12/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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