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Chorrillos otorga beneficios para incentivar el pago de tributos y multas
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Con una ordenanza, la Municipalidad de Chorrillos establece los siguientes beneficios que incentivan el pago de los tributos municipales y las multas tributarias y administrativas: a) Impuesto Predial. Para el caso de los contribuyentes que tengan deudas tributarias pendientes de pago por este concepto correspondiente al año 2019 y años anteriores, el presente beneficio les concederá un descuento del 100% de los intereses moratorios, reajustes, costas y gastos administrativos generados. b) Arbitrios municipales. Para el caso de los contribuyentes que tengan deudas tributarias pendientes de pago por este concepto se les otorgará el descuento según el cuadro que detalla la norma, siempre y cuando paguen al contado el total de sus deudas pendientes; asimismo, se otorgará un descuento del 100% de los intereses moratorios, reajustes, costas y gastos administrativos generados. c) Multas tributarias. Estas multas impuestas a personas naturales y jurídicas tendrán un descuento del 100% de los intereses moratorios, costas, gastos y del insoluto un descuento. d) De los predios fiscalizados. Aquellos contribuyentes cuyos predios fueron fiscalizados y que, como resultado del procedimiento se les generó una deuda por Impuesto Predial, arbitrios municipales y/o multas tributarias, podrán acogerse a los beneficios establecidos en la presente ordenanza hasta el año 2018, siempre y cuando acepten la fiscalización. e) Fraccionamiento tributario. Los contribuyentes (personas naturales), que cuenten con contratos de fraccionamiento pueden acogerse al beneficio sobre los saldos pendientes. [MDCH, Ord. 367-2019/MDCH, 25/09/2019] Ficha: Vigencia: desde el 26/09/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Jesús María modifica los procedimientos sobre la licencia de funcionamiento de su TUPA
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La Municipalidad de Jesús María modifica los procedimientos administrativos de licencia de funcionamiento que contiene su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), bajo la competencia de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización, y aprobados por la Ordenanza N° 575-MDJM, correspondientes a los Ítem 12.01, 12.02, 12.03, 12.04, 12.06, 12.07, 12.08, 12.09, 12.13, y 12.11, así como, al Ítem 12.12, aprobado por la Ordenanza N° 563-MDJM y ratificado mediante Acuerdo de Concejo N° 584-MML. [MDJM, D. de Alc. 016-2019-MDJM, 25/09/2019] Ficha: Vigencia: desde el 26/09/2019. Modificaciones y derogaciones: modifica la Ordenanza N° 575-MDJM y la Ordenanza N° 563-MDJM, así como el Acuerdo de Concejo N° 584-MML.
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