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MTPE crea servicio “Trabaja sin Acoso” para atender casos de hostigamiento sexual en el trabajo
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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) crea el Servicio de orientación y acompañamiento para los casos de hostigamiento sexual en el trabajo - "Trabaja Sin Acoso" como un servicio exclusivo a cargo de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana. El objetivo del ministerio, a través de su implementación, es el de intervenir oportuna y adecuadamente en la protección de las víctimas de hostigamiento sexual en el trabajo. "Trabaja Sin Acoso" desarrolla los pasos siguientes: "Componente 1 - Atención y orientación: consiste en la acción de recibir al/a la usuario/a, el registro de sus datos personales y la identificación de una posible situación de crisis. Componente 2 - Asistencia legal: consiste en la identificación del caso como uno de hostigamiento sexual en el trabajo, el registro de los hechos narrados, la orientación legal respecto de las alternativas con las que cuenta el/la usuario/a, la solicitud de realización de una actuación inspectiva de trabajo, cuando corresponda, y la asistencia legal durante el procedimiento interno de investigación y sanción del hostigamiento sexual, así como en los procesos judiciales que buscan proteger y reparar los derechos laborales afectados. Componente 3 - Asistencia psicológica: consiste en la contención psicológica del/de la usuario/a, la elaboración de un informe psicológico que dé cuenta del posible daño generado al/a la usuario/a y, cuando sea necesario, el acompañamiento psicológico durante las etapas del procedimiento interno de investigación y sanción del hostigamiento sexual, así como en los procesos judiciales que buscan proteger y reparar los derechos afectados." [MTPE, D. S. 014-2019-TR, 4/09/2019] Ficha: Vigencia: desde el 5/09/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Hasta el 30 de setiembre vecinos del Callao se podrán acoger a los beneficios tributarios y no tributarios que otorga la municipalidad
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La Municipalidad Provincial del Callao establece un régimen de beneficios tributarios y no tributarios en favor de las personas naturales y jurídicas que registren deuda vencida por obligaciones tributarias y no tributarias referidas a Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto de Alcabala, arbitrios municipales, multas tributarias, multas administrativas, notificaciones de infracción y fraccionamientos tributarios y/o administrativos, que se encuentren en cobranza ordinaria, coactiva y/o impugnadas. Este beneficio va desde el 5 hasta el 30 de setiembre del presente año, transcurrido dicho plazo se procederá a ejecutar la cobranza del íntegro de las deudas tributarias y no tributarias. De acuerdo con la ordenanza los contribuyentes que se acojan tendrán derecho a la condonación del 100% de intereses moratorios y de gastos de emisión del valor tributario emitido, resolución de determinación o resolución de multa, según corresponda. [MPC, Ord. 016-2019, 4/09/2019] Ficha: Vigencia: desde el 5/09/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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