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Normas publicadas el Sábado 24 de agosto
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Indecopi declara ilegal la creación de procedimientos adicionales a través del TUPA de una municipalidad para renovar autorización para prestar servicio de taxi empresa
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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declara como barrera burocrática ilegal la exigencia de ciertos requisitos contenidos en el procedimiento denominado “Renovación de la autorización para prestar el servicio de taxi empresa” del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUO) de la Municipalidad Provincial de Huancayo, aprobado por la Ordenanza N° 470-MPH/CM, modificada por las ordenanzas N°s 528-MPH/CM y 567-MPH/CM. La razón de la ilegalidad está en la creación, a través del TUPA municipal, de requisitos adicionales a los previstos en el Reglamento Complementario de Administración de Transporte de la Municipalidad Provincial de Huancayo, aprobado por la Ordenanza N° 454-CM/MPH, en el Reglamento del Servicio de Taxi en la Provincia de Huancayo, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 006-2014-MPH/A y en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte. [Indecopi, R. 0263-2019/SEL-Indecopi, 24/08/2019] Ficha: Vigencia: desde el 25/08/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Jesús María fija tasa de estacionamiento vehicular en S/ 0,50 por cada 30 minutos o fracción
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La Municipalidad de Jesús María regula el cobro de la tasa de estacionamiento vehicular temporal, que constituye un tributo pagado por el estacionamiento de un vehículo en las zonas habilitadas por la municipalidad para prestar el servicio de estacionamiento, y que se orienta a otorgar a los usuarios las facilidades necesarias para estacionarse y mantener el orden vial. El rendimiento de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal se destinará a cubrir el costo de las actividades y gastos municipales a fin de propiciar el uso ordenado de las vías públicas habilitadas para el estacionamiento. El monto de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal asciende a la suma de S/ 0,50 por cada treinta (30) minutos o fracción, que permanezca estacionado el vehículo en la zona habilitada. El tiempo de tolerancia exento del pago del tributo, es de diez (10) minutos. Transcurrido este tiempo se procederá al cobro del monto, aun cuando no se utilice el total del tiempo establecido. [MDJM, Ord. 585-MDJM, 24/08/2019] Ficha: Vigencia: desde el 25/08/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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San Borja dicta pautas para atender denuncias por presuntos actos de corrupción
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La Municipalidad de San Borja aprueba la “Directiva para la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y/o faltas al Código de Ética e Integridad presentadas ante la Municipalidad Distrital de San Borja” y encarga a la Oficina de Gobierno Digital la publicación del presente decreto de alcaldía y su anexo en el portal web institucional www.munisanborja.gob.pe. [MDSB, D. de Alc. 013-2019-MSB-A, 24/08/2019] Ficha: Vigencia: desde el 25/08/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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