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Norma publicada el Domingo 9
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Sunafil fija criterios técnicos para determinar las inspecciones complejas
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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) aprueba los siguientes criterios técnicos para determinar las inspecciones que se consideren complejas, a las que se refiere el artículo 6° de la Ley de Inspección del Trabajo (N° 28806): a) La complejidad de la materia o sub materia a inspeccionar, b) El número de materias o sub materias objeto de la orden de inspección: igual o superior a nueve (9), c) El número de trabajadores involucrados en la investigación: igual o superior a cien (100), d) Características del sujeto inspeccionado, evaluadas por los sub intendentes de Actuación Inspectiva de la Intendencia de Lima Metropolitana, de las Intendencias Regionales de la Sunafil y de las que hagan sus veces en la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; así como de las direcciones y gerencias regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los gobiernos regionales. Por otro lado, la Sunafil aprueba el listado de las materias sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo que se consideran complejas. [Sunafil, R. 189-2019-Sunafil, 9/06/2019] Ficha: Vigencia: desde el 10/06/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Santa Anita regula el reconocimiento municipal de las organizaciones sociales y su inscripción en el RUOS del distrito
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La Municipalidad de Santa Anita aprueba una ordenanza que establece los procedimientos y requisitos para reconocer de las organizaciones sociales y su inscripción, así como sus actos posteriores en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del distrito. Esta norma se aplicará por la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Humano a través de la Subgerencia de Participación Ciudadana, Bienestar Social y Demuna de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, que tiene a su cargo el registro y reconocimiento de las Organizaciones Sociales "R.U.O.S." y es de cumplimiento obligatorio para todas las organizaciones sociales que desean desempeñarse dentro de la jurisdicción de Santa Anita. [MDSA, Ord. 000266/MDSA, 9/06/2019] Ficha: Vigencia: desde el 10/06/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Normas publicadas el Sábado 8
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Bellavista establece la obligación de presentar la declaración jurada del Impuesto Predial
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Todas las personas naturales y jurídicas que tienen la calidad de propietarios de predios ubicados en la jurisdicción distrital de Bellavista y que no se encuentren en un procedimiento de fiscalización tributaria están obligadas a presentar la declaración jurada del Impuesto Predial para actualizar sus datos personales y los sus predios, con efecto tributario. El plazo para cumplir la presentación de la declaración jurada del Impuesto Predial rige desde el 10 de junio al 29 de agosto del 2019, en el horario establecido de atención al público. La presentación se realizará en la Plataforma de Atención al Contribuyente de la Municipalidad distrital de Bellavista situado en Jr. Francisco Bolognesi N° 498, Bellavista (Callao), y en el módulo de atención al contribuyente ubicado en el interior de TOTTUS del Centro Comercial Mall Plaza Bellavista, sin perjuicio de poder realizar en forma itinerante en el lugar que determine la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas. [MDB, Ord. 014-2019-MDB, 8/06/2019] Ficha: Vigencia: desde el 9/06/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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