| |
San Isidro prohíbe comportamientos de índole sexual en espacios públicos del distrito
La Municipalidad de San Isidro aprueba una ordenanza par prevenir, prohibir y establecer responsabilidades y sanciones administrativas sobre las personas naturales y jurídicas que desarrollen comportamientos físicos o verbales de índole sexual en espacios públicos. Con esta norma la municipalidad pretende salvaguardar los derechos fundamentales de las personas, en especial al derecho a la libertad, a la integridad y al libre tránsito. La presente ordenanza es de obligatorio cumplimiento para toda persona natural y jurídica de derecho público o privado, con o sin fines de lucro dentro del ámbito de la jurisdicción sanisidrina. [MSI, Ord. 501-MSI, 15/05/2019]
Ficha: Vigencia: desde el 16/05/2019. Modificaciones y derogaciones: ninguna. Lo que dice la norma: “Artículo 8°.- Prohibiciones. En la jurisdicción de la Municipalidad de San Isidro, se prohíbe: 1. Realizar todo tipo de comentarios, insinuaciones, frases, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de naturaleza o connotación sexual en contra de una u otras personas en los espacios públicos. 2. Realizar actos de tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación exhibicionismo y/o mostrar las partes íntimas en contra de una u otras personas en los espacios públicos. 3. Permitir o tolerar el titular, conductor, propietario y/o similar de establecimientos, obras en construcción; todo tipo de comentarios insinuaciones, frases, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de naturaleza o connotación sexual en contra de una u otras personas en los espacios públicos. 4. Permitir o tolerar el titular, conductor, propietario y/o similar de establecimientos, obras en construcción; la realización de tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación exhibicionismo y/o mostrar las partes íntimas en contra de una u otras personas en los espacios públicos”.
|
|