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Sala Especializada de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi)
Indecopi declara como barreras burócraticas ilegales exigencias municipales de Lima, Lurín, Pueblo Libre y El Tambo.
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En Lima y Pueblo Libre, la exigencia de contar con carné sanitario a todas las personas que manipulan alimentos es una barrera burocrática ilegal
La exigencia de contar con carné sanitario o de salud para todas aquellas personas que brinden servicios de atención al público y/o manipulen alimentos sin excepción alguna, contenida en el artículo 3° de la Ordenanza N° 232-ML y el artículo 5° de la Ordenanza N° 141 constituye una barrera burocrática ilegal, así lo declara el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi). El fundamento de tal decisión obedece a que la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y la Municipalidad Metropolitana de Lima no observaron lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, norma que prohíbe expresamente que las autoridades de la administración pública exijan contar con carné sanitario o de salud como condición para el ejercicio de actividades profesionales, de producción, de comercio o afines. [Indecopi, R. 0022-2019/SEL-Indecopi, 8/02/2019]
Ficha:
Vigencia: desde el 9/02/2019.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Constituye barrera burocrática ilegal la exigencia de las municipalidades de Lima y de Lurín de aportes por renovación urbana, desarrollo urbano y programa de vivienda popular
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declara barrera burocrática ilegal la exigencia de efectuar aportes reglamentarios por concepto de renovación urbana (2%), desarrollo urbano (5%) y por el Programa Metropolitano de Vivienda Popular (1%) sobre el predio sujeto a un proceso de habilitación urbana con fines industriales, materializada en el inciso 6.1 del artículo 6° de la Ordenanza N° 1814-MML, norma emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima. [Indecopi, R. 0009-2019/SEL-Indecopi, 8/02/2019]
Ficha:
Vigencia: desde el 9/02/2019.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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Indecopi declara la suspensión del trámite para obtener la licencia de funcionamiento a giros especiales dentro del distrito de El Tambo como barrera burocrática ilegal
La Sala Especializada de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declara como barrera burocrática ilegal la suspensión del trámite administrativo para obtener la licencia de funcionamiento para establecimientos dedicados a giros especiales dentro del distrito de El Tambo, contenida en el artículo primero de la Ordenanza Municipal 011-2018-MDT/CM/SO. El fundamento de tal decisión obedece a que la Municipalidad Distrital de El Tambo no acreditó que exista una ley o mandato judicial que, de manera expresa, le permita no ejercer sus funciones administrativas (como darle trámite a una solicitud de licencia de funcionamiento, independientemente de que ante dicha solicitud se obtenga una respuesta positiva o negativa), o que se encuentre pendiente una cuestión controvertida en sede judicial que deba ser resuelta de forma previa al pronunciamiento de dicha entidad, por lo que la suspensión cuestionada contraviene lo dispuesto en los artículos 72.2 y 73 del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. [Indecopi, R. 0425-2018/SEL-Indecopi, 8/02/2019]
Ficha:
Vigencia: desde el 9/02/2019.
Modificaciones y derogaciones: ninguna.
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