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Los Olivos otorga beneficios a contribuyentes que mantienen deudas por impuestos municipales

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La Municipalidad de Los Olivos otorga diversos beneficios para los contribuyentes y/o administrados del distrito que mantengan deudas por concepto de Impuesto Predial, arbitrios municipales, fraccionamientos, multas tributarias y multas administrativas exigibles y/o pendientes de pago. Estos beneficios consisten en: 1) la condonación del 100% en intereses moratorios del Impuesto Predial y de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo generados hasta el año 2018; 2) la condonación del 100% en el monto insoluto de las multas tributarias, incluyendo las multas por inscripción extemporánea y de los intereses que se hayan generado hasta el año 2018; 3) la condonación del 99% del monto insoluto de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo generados hasta el 2014, incluida la deuda en cobranza coactiva con la condición de cumplir con el pago de la totalidad la deuda tributaria del Impuesto Predial del periodo 2018 y los años anteriores adeudados, así como los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo del período comprendido entre los años 2015 al 2018. [CDLO, Ord. 488-CDLO, 24/01/2019]

Ficha:

Vigencia: Desde el 25/01/2019.

Modificaciones y derogaciones: ninguna.

 
 
 
 
 

Adultos mayores de Los Olivos están exonerados del 50% del pago de arbitrios 2019

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Los contribuyentes considerados adultos mayores (bajo los términos establecidos en la Ley N° 30490), titulares de solo un predio en el distrito de Los Olivos, cuyos ingresos mensuales no superen una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que para el período 2019 es de S/ 4.200,00, y se beneficien con la deducción de la base imponible de hasta 50 UIT para efectos del pago del Impuesto Predial, gozarán también, de la exoneración parcial del 50% del pago de los arbitrios del período 2019 de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo solo por el uso casa habitación. La condición para acogerse a la exoneración pasa por que los contribuyentes estén al día en sus pagos hasta el periodo 2018, además de presentar la solicitud de exoneración hasta la fecha de vencimiento del primer trimestre de los arbitrios municipales 2019. [CDLO, Ord. 489-CDLO, 24/01/2019]

Ficha:

Vigencia: Desde el 25/01/2019.

Modificaciones y derogaciones: ninguna.