Ate incorpora requisitos sobre unidades vehiculares de transporte en el TUPA
La Municipalidad Distrital de Ate incorpora un numeral a los artículos 23 y 24 de la Ordenanza N° 457-MDA e incorpora requisitos referidos a la inclusión y sustitución de unidades vehiculares en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Esta ordenanza dispone que la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad y demás áreas administrativas que correspondan de la corporación municipal, dentro del ámbito de su competencia, cumplan con lo que indica la ordenanza. [MDA, Ord. 486-MDA, 16/11/2018]
Ficha:
Vigencia: Desde el 17/11/2018.
Modificaciones y derogaciones: Modifica la Ordenanza N° 457-MDA.
Lo que dice la ordenanza:
“(...).
Artículo 23.- De la inclusión de unidades vehiculares.
(...).
23.4. Copia simple del contrato suscrito por la persona jurídica con cada uno de los propietarios de las unidades vehiculares registradas. Dicho contrato deberá establecer las condiciones básicas, como: compromisos, obligaciones que asume la persona jurídica y el propietario, así como las condiciones de permanencia o exclusión de vehículos, y plazo del contrato.
Artículo 24.- De la sustitución de unidades vehiculares.
(...).
24.4. Copia simple del contrato suscrito por la persona jurídica con cada uno de los propietarios de las unidades vehiculares registradas. Dicho contrato deberá establecer las condiciones básicas, como: compromisos, obligaciones que asume la persona jurídica y el propietario, así como las condiciones de permanencia o exclusión de vehículos, y plazo del contrato.
(...)”.
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