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San Juan de Lurigancho modifica las reglas para el transporte en vehículos menores

Mototaxi

La Ordenanza N° 1693 estableció el marco que regula el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados o no motorizados en Lima Metropolitana y la Ordenanza N° 261 aprobó el “Reglamento que regula el servicio de transporte especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados en el distrito de San Juan de Lurigancho”. Ahora, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho modifica el último de los reglamentos citados en el numeral 1) del artículo 21, que precisa el plazo para solicitar la renovación del permiso de autorización; en el numeral 3) del artículo 36, que establece una nueva distancia para la ubicación de los paraderos, y la Tercera Disposición Transitoria, que establece la prioridad en el otorgamiento de permisos de operación. Asimismo, incluye el numeral 9) en el artículo 7° que indica la competencia para elaborar el Estudio Técnico del Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados; la implementación y/o ejecución del respectivo plan regulador y deroga el numeral 4) del artículo 7°, referido a la constatación de características de los vehículos menores dedicados a prestar el servicio de transporte especial de pasajeros y carga y el artículo 24, referido a los requisitos para solicitar la constatación del vehículo menor. [MDSJL, Ord. 382, 7/09/2018]

Ficha:

Vigencia: Desde el 8/9/2018

Modificaciones y derogaciones: Modifica y deroga algunos artículos de la Ordenanza 261.

 
 
 
 
 

San Juan de Miraflores otorga beneficios tributarios y administrativos hasta el 20 de octubre del 2018

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Esta última ordenanza de la Municipalidad Distrital de San Juan Miraflores concede un régimen de incentivos tributarios y administrativos a favor de los contribuyentes. Así, establece la condonación del 100% de los intereses moratorios y reajustes generados por los conceptos de Impuesto Predial, condonación del 100% de intereses moratorios y descuentos en porcentajes sobre el insoluto de arbitrios municipales, condonación del 100% de intereses moratorios generados sobre los fraccionamientos vencidos, 100% de descuento en el insoluto e intereses en multas tributarias y descuentos en porcentajes sobre el insoluto en multas administrativas. El presente beneficio también alcanza a los contribuyentes que tras un proceso de fiscalización se les haya determinado deuda, que se les haya notificado o estén en proceso de determinación antes o durante la vigencia de la presente ordenanza, que entrará en vigencia a partir de mañana hasta el 20 de octubre del 2018. [MSJM, Ord. 391-MSJM, 7/09/2018]

Ficha:

Vigencia: Desde el 8/09/2018 hasta el 20/10/2018

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.