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Norma publicada el día viernes 31

 
 

Modifican el "Procedimiento de regularización de habilitación urbana ejecutada en el distrito de Ate"

planos

El 18 de enero del 2018 se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Ordenanza N° 461-MDA, Ordenanza que regula el procedimiento de regularización de habilitación urbana ejecutada en el distrito de Ate. Ahora, la Municipalidad Distrital de Ate modifica el artículo 4° de la norma edil citada, cuyo texto final queda de la siguiente forma:

"Artículo Cuarto.- Del monto a pagar por déficit de aportes reglamentarios. El déficit de los aportes reglamentarios de recreación pública y otros fines, en el trámite de Regularización Habilitación Urbana Ejecutada, de los predios con zonificación residencial, cuando sea menor al área normativa se pagará a valor arancelario, y cuando sea igual o mayor al área normativa y de comprobarse la inexistencia de áreas reservadas total o parcialmente para aportes reglamentarios, procederá el pago de la redención en dinero equivalente a 2,5 veces el valor arancelario (2,5 VA) de las áreas, hasta antes de la emisión de la licencia respectiva.

El déficit de los aportes reglamentarios de otros fines, en el trámite de Regularización Habilitación Urbana Ejecutada de los predios con zonificación industrial, comercial, de equipamiento educativo, de salud y de otros usos, podrán ser redimidos en dinero de acuerdo al valor arancelario de las áreas". [MDA, Ord. 476-MDA, 31/08/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: 1/09/2018

Modificaciones y derogaciones: Modifica el artículo 4° de la Ordenanza 461-MDA.

 
 
 
 
 

Ate dicta procedimiento para regularizar la licencia, conformidad de obra y declaratoria de edificación de construcciones existentes

aprobar

Para que los propietarios de edificaciones ubicadas en el distrito de Ate regularicen las obras de construcción, ampliación, modificación y remodelación (culminadas y/o con casco habitable), así como de demolición, ejecutadas sin la licencia de obra, conformidad obra y declaratoria de edificación al 31 de marzo del 2018; la Municipalidad Distrital de Ate dicta una ordenanza que regula dicho procedimiento en el distrito. [MDA, Ord. 479-MDA, 31/08/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: 1/09/2018

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

 
 
 
 
 

En S/. 3.50 soles se fija el valor de la Cuponera de Pago 2019 en Ate

Cálculo dinero

Los "Derechos de Emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto”, incluyendo la “Distribución de la declaración jurada y determinación del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2019”, así como el concepto de “Derecho de emisión mecanizada de actualización de valores”, “Determinación del tributo”, incluyendo la “Distribución de la determinación de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines públicos y serenazgo”, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2019 se fijan en S/ 3,50 soles, el valor de la Cuponera de Pago 2019; y en S/ 1,10 soles cada hoja extra. [MDA, Ord. 477-MDA, 31/08/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: 1/09/2018

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

 
 
 
 
 

Hasta el 14 de setiembre del 2018 van los beneficios en Ate

Calendario

La Municipalidad Distrital de Ate decidió prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 473-MDA, que establece el Beneficio de condonación de deudas tributarias en el distrito, hasta el 14 de setiembre del 2018. El cumplimiento de esta norma se encarga a la Gerencia de Administración Tributaria y demás unidades orgánicas competentes de esta corporación municipal. [MDA, D. de Alc. 029-2018/MDA, 31/08/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: 1/09/2018

Modificaciones y derogaciones: Prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 473-MDA.

 
 
 
 
 

Normas publicadas el día jueves 30

 
 

Beneficios por regularización tributaria y condonación de deudas hasta el 80% del monto insoluto de los arbitrios en Comas

aprobados

La Municipalidad Distrital de Comas dicta una ordenanza que establece la condonación hasta el 100% de las moras, reajustes, intereses generados y costas procesales, por las deudas tributarias por Impuesto Predial correspondientes al ejercicio 1996 al 2018; y, asimismo, por los arbitrios municipales del ejercicio 2002 al 2018. Según esta disposición municipal, a los contribuyentes que se acojan al fraccionamiento de pago de su deuda tributaria también les serán aplicables los beneficios descritos en el presente artículo, con las siguientes condiciones: la cuota inicial no será menor al 35% de la deuda a fraccionarse y el saldo será como máximo en 10 cuotas; asimismo, en caso de incumplimiento de una cuota vencida, se declarará la pérdida del fraccionamiento. [MDC, Ord. 550/MC, 30/8/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: 31/8/2018

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

 
 
 
 
 

El 30 de setiembre es la nueva fecha límite para acogerse a los beneficios tributarios en Independencia

planificador

En Independencia, se amplió hasta el 30 de setiembre del 2018 la vigencia de la Ordenanza N° 368-2017-MDI, que establece beneficios tributarios y no tributarios en su jurisdicción. La municipalidad encarga el cumplimiento de esta ordenanza a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación, Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, y Sub Gerencia de Tesorería, de acuerdo con el ámbito de sus funciones. [MDI, D. de Alc. 000010-2018-MDI, 30/8/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: 31/8/2018

Modificaciones y derogaciones: Prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 368-2017-MDI.