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Santa Anita castiga el acoso sexual en espacios públicos con multas de hasta 1 UIT
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La Municipalidad Distrital de Santa Anita aprobó la ordenanza para proteger los derechos fundamentales de las personas frente a comportamientos físicos o verbales de índole sexual que se realicen en su contra en espacios públicos del distrito. Según esta norma, los conductores de los establecimientos que desarrollen actividades económicas, así como los propietarios, trabajadores y residentes de obras en proceso de edificación están obligados a cautelar el respeto hacia las mujeres, hombres, niños y niñas evitando el acoso sexual en espacios públicos. Así, colocarán de forma tal que garantice su visibilidad carteles o anuncios en idioma español con una medición aproximada de 50 cm de alto x 70 cm de ancho, con la siguiente leyenda: "Se encuentra prohibido realizar comportamientos físicos o verbales de connotación sexual que agravie a cualquier persona que se encuentre y/o transite por este establecimiento comercial y/u obra en edificación". Un acto o comportamiento físico o verbal de índole sexual leve contra una o varias personas expresados en un espacio público, entiéndase frases, gestos, silbidos, sonidos de besos; o actos o comportamientos físicos o verbales de índole sexual grave contra una o varias personas, por ejemplo tocamientos, frotamientos contra el cuerpo, masturbación pública, exhibicionismo y el no colocar carteles o anuncios que prohíban la realización de estos en los establecimientos comerciales u obras en proceso de edificación se castiga con 20%, 1% y 50% de una UIT. [MDSA, Ord. 00246/MDSA, 2/06/2018]
Ficha:
Entrada en vigencia: Desde el 3/06/2018.
Modificaciones y derogatorias: Ninguna.
Lo que dice la ordenanza:
“(...).
Artículo Noveno.- Obligatoriedad de los conductores de los establecimientos comerciales, propietarios, trabajadores y residentes de obras en proceso de edificación. Las y los conductores de los establecimientos que desarrollen actividades económicas, así como las/los propietarios, trabajadores y residentes de obras en proceso de edificación se encuentran obligados/as a cautelar el respeto hacia las mujeres, hombres, niños y niñas evitando el acoso sexual en espacios públicos debiendo difundir la presente ordenanza y brindar capacitación al personal a su cargo sobre el tema.
(...)”.
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