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La Municipalidad de San Miguel prorrogó hasta el 28 de marzo del 2018 la fecha de vencimiento para el pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial; así como para el pago de la primera y segunda cuota mensual de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo, correspondientes al ejercicio 2018, aprobados mediante Ordenanza N° 452-MDSMP. [MDSM, D. de Alc. 004-2018-MDSMP, 01/3/2018]
Ficha:
Entrada en vigencia: Desde el 2/3/2018.
Modificaciones y derogaciones: Prorroga hasta el 28 de marzo del 2018 la vigencia de la Ordenanza N° 451-MDSMP.
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La Ordenanza N° 269-MDSM regula la propaganda electoral durante el desarrollo de procesos electorales en San Miguel (modificada con la Ordenanza N° 280-MDSM). Hoy la comuna de San Miguel modifica esta disposición para establecer la ubicación de esta propaganda, con la finalidad de preservar el ornato, la salud pública, el medio ambiente y la propiedad pública y privada durante el período electoral. [MDSM, Ord. 355/MDSM, 01/3/2018]
Ficha:
Entrada en vigencia: Desde el 2/3/2018.
Modificaciones y derogaciones: Modifica las ordenanzas N° 355/MDSM y 269-MDSM.
Lo que dice la ordenanza:
“(...).
Artículo 6".- Propaganda electoral permitida.
(...).
Se podrá instalar propaganda electoral en zonas, áreas o vías de dominio público que determine la municipalidad, cuyas ubicaciones, dimensiones y cantidades máximas, se detallarán mediante Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente ordenanza, y cuya distribución y ubicaciones serán sorteadas entre las organizaciones políticas, cuyos candidatos postulen a la alcaldía del distrito. El sorteo se efectuará en presencia del notario público y un representante de cada partido o movimiento político aludidas que asistan, remitiéndose una invitación para ello. En este caso, rige el procedimiento indicado en el artículo 5° de la presente ordenanza municipal”.
(...).”
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El Concejo Municipal de San Miguel aprobó la "Ordenanza que regula la tenencia, protección y control de canes en el distrito de San Miguel, y cuyo texto en anexo único forma integrante de la presente ordenanza, y que consta de XV (quince) títulos y 57 (cincuenta y siete) artículos en 25 (veinticinco) folios”. Según esta ordenanza, el registro de los canes tiene como finalidad identificar y controlar la población de canes, así como los datos de propietario, por lo que se hará entrega de un “Carnet de Registro Canino”, con la siguiente información: número de registro de can, fotografía y datos del can (edad - color), datos del propietario (nombres y apellidos, dirección y teléfono), así como la firma del funcionario que lo expide, entre otros datos. También se entregará un “Dije” que se proporcionará a cada propietario del can, y que contendrá como mínimo la siguiente información: el número de registro y el logo de la municipalidad, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la entidad. [MDSM, Ord. 343/MDSM, 01/3/2018]
Ficha:
Entrada en vigencia: Desde el 2/3/2018.
Modificaciones y derogaciones: Modifica las ordenanzas números 274-MDSM y 284-MDSM y deroga la ordenanza número 30/MDSM.
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