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Normas publicadas el día domingo 18

 
 

El Rímac prohíbe toda forma de discriminación en el distrito y locales comerciales deben colocar un cartel al respecto

Con el objeto promover el respeto a la igualdad entre los ciudadanos así como prohibir, eliminar y sancionar el ejercicio de prácticas discriminatorias en todas sus formas o modalidades, la Municipalidad Distrital del Rímac aprueba una ordenanza que sanciona este tipo de conductas hasta con una UIT y con la clausura definitiva y revocatoria de la licencia de funcionamiento. [MDR, Ord. 531-MDR, 18/2/2018]

 
 
muni-rimac

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 19/2/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

Lo que dice la ordenanza:

“(...).

Artículo 5°.- Publicación de cartel. Todos los establecimientos comerciales abiertos al público deben publicar, en un lugar visible al público, un cartel que señale lo siguiente: “En este local y en todo el distrito del Rímac está prohibida la discriminación”, incluyendo el número de la presente ordenanza. Este cartel debe tener una dimensión aproximada de 25x40 centímetros, con borde y letras en color negro sobre fondo blanco.

Artículo 6°.- Prohibición de colocar carteles o anuncios de publicidad discriminatorios. Está prohibido colocar carteles, anuncios u otros elementos de publicidad en cualquier establecimiento o dentro de la jurisdicción del distrito del Rímac, que consignen frases discriminatorias, tales como: “Nos reservamos el derecho de admisión”, “Buena presencia” u otras similares. En caso de presentar determinadas restricciones, éstas deben ser razonables, objetivas, expresas y visibles, tales como: “Se prohíbe el ingreso a personas bajo el efecto del alcohol o drogas”.

(...).

Artículo 8°.- Sobre el uso de los idiomas quechua y aimara, y la lengua de señas. La Municipalidad Distrital del Rímac identificará a su personal de habla quechua o aimara, para que pueda atender adecuadamente a los ciudadanos que se expresen mejor en estos idiomas.

Asimismo, de ser el caso, dicho personal ayudará a plantear la respectiva denuncia contra actos discriminatorios por el uso del idioma. Esta disposición también es aplicable para el personal que maneje la lengua de señas.

Artículo 9°.- Denuncias. Las personas que se sientan afectadas por prácticas discriminatorias deben canalizar sus denuncias a través de la Subgerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital del Rímac, quien correrá inmediato traslado de la denuncia a la Gerencia de Fiscalización Administrativa.

(...)”.

 
 
 
 
 

Normas publicadas el día sábado 17

 
 

Ate modifica las tolerancias permisibles y consideraciones normativas para las edificaciones en el distrito

construccion

Con fecha 21 de agosto del 2015 se publicó la Ordenanza N° 379-MDA, que regula diversos aspectos edificatorios para el distrito de Ate. Ahora, la Municipalidad de Ate aprueba la ordenanza que modifica las tolerancias permisibles y consideraciones normativas de edificaciones en el distrito. [MDA, Ord. 462-MDA, 17/2/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 18/2/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ordenanza N° 379-MDA.