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Normas publicadas el día sábado 10

 
 

Magdalena regularizará edificaciones sin licencia de obra

Con el objeto de regularizar las edificaciones de uso residencial, residencial mixto, edificaciones comerciales y edificaciones industriales, la Municipalidad Distrital de Magdalena dictó una ordenanza que regula el “Procedimiento especial de regularización de edificaciones sin la respectiva licencia de obra”. A este procedimiento se pueden acoger las edificaciones ejecutadas después del 20 de julio de 1999 hasta la fecha de publicación de esta norma, siempre y cuando hayan concluido o terminado de construir su área techada y cumplan con las normas urbanísticas y edificatorias, caso contrario, serán materia de demolición conforme lo establece el artículo 30 del TUO de la Ley N° 29090 - Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-Vivienda. [MDMM, Ord. 057-2018-MDMM, 10/2/2018]

 
 
construccion

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 11/02/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

Lo que dice la ordenanza:

“(...).

Artículo 5°.- Requisitos. El procedimiento administrativo para la regularización de edificación sin licencia se inicia con la presentación de los siguientes documentos:

a) Formulario Único de Edificación - FUE, por triplicado y debidamente suscritos.

b) Cuando el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar escritura pública que acredite el derecho a edificar.

c) En caso el administrado sea una persona jurídica, debe presentar declaración jurada del representante legal; señalando que cuenta con representación vigente, consignando datos de la Partida Registral y el asiento en el que conste inscrita la misma.

d) Documentación técnica, firmada por el profesional constatador, compuesta por:

- Plano de ubicación y localización, según formato.

- Planos de arquitectura (planta, cortes y elevaciones).

- Memoria descriptiva.

e) Documento que acredite la fecha de ejecución de la obra.

f) Carta de seguridad de obra, debidamente firmada y sellada por un ingeniero civil colegiado.

g) Declaración jurada del profesional constatador, señalando encontrarse hábil para el ejercicio de la profesión.

h) Para regularización de remodelaciones, ampliaciones o demoliciones, presentarán copia del documento que acredite la declaratoria de fábrica o de edificación, con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; en su defecto, copia del certificado de conformidad o finalización de obra, o la licencia de obra o de edificación de la construcción existente que no es materia de regularización.

i) En caso de demoliciones totales o parciales de edificaciones cuya fábrica se encuentre inscrita en el Registro de Predios, se acreditará que sobre el bien no recaigan cargas y/o gravámenes; en su defecto, presenta la autorización del titular de la carga o gravamen.

j) Copia del comprobante de pago de la multa por construir sin licencia. El valor de la multa es equivalente al 1% del valor de la obra a regularizar tomando como base el costo a la fecha de construcción actualizado por el índice de precios al consumidor.

(...)”.

 
 
 
 
 

Beneficios a vecinos que colaboren con levantamiento catastral en Magdalena se extienden por 45 días más

magdalena

La Municipalidad Distrital de Magdalena consideró restituir la vigencia de la Ordenanza N° 006-2017-MDMM, pues a la fecha se continúan con las acciones de levantamiento catastral y resulta necesario contar con beneficios dirigidos a los contribuyentes que presten colaboración en el proceso de levantamiento catastral. Esta restitución se da por un plazo de 45 días. [MDMM, Ord. 005-2018-MDMM, 10/2/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 11/02/2018.

Modificaciones y derogaciones: Restituye la Ordenanza Municipal 006-2017-MDMM.