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Magdalena exonera del pago de los arbitrios municipales a personas con discapacidad

discapacitado

La Municipalidad de Magdalena del Mar dictó una ordenanza para exonerar el pago de los arbitrios municipales generados en el período fiscal 2018 a las personas con discapacidad que sean propietarios de un solo predio a nombre propio o de la sociedad conyugal y que sea destinado a casa habitación en la jurisdicción del distrito. El uso parcial del inmueble con fines productivos, comerciales o profesionales, con aprobación de la municipalidad, no afecta esta exoneración, siempre que se trate de un pequeño negocio destinado a asegurar la subsistencia del discapacitado. La Administración Tributaria, discrecionalmente, podrá evaluar si el giro del negocio al que se destina parte del predio del discapacitado, amerita no afectar la exoneración de los arbitrios. La exoneración no implica la devolución de los pagos realizados por Arbitrios Municipales del 2018 a nombre del discapacitado ni tampoco constituirán crédito a favor para compensaciones o transferencia de pagos. [MDMM, Ord. 002-2018-MDMM, 26/1/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 27/01/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

Lo que dice la ordenanza:

“(…)

Artículo 2º.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo precedente, el interesado deberá presentar su respectiva solicitud ante la Administración Tributaria, debiendo adjuntar a la misma, la siguiente documentación:

  1. Certificado de Discapacidad o la Resolución que lo acredite como una persona con discapacidad expedido por el Conadis.
  2. Certificado Positivo de Propiedad expedido por Registros Públicos (Sunarp).
  3. Declaración Jurada de no ser propietario de más de un predio dentro del territorio nacional ni estar en posesión de otro predio adicional al de su vivienda. (…)”.
 
 

Instituciones y congregaciones religiosas en Magdalena quedan exoneradas del pago de arbitrios municipales por determinados usos de sus predios

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Según el artículo 1° de esta ordenanza de la Municipalidad Distrital de Magdalena,  se condona el pago de deudas tributarias por arbitrios generados hasta el 31 de diciembre de 2017 "a las Instituciones y/o Congregaciones Religiosas ubicadas en la jurisdicción del Distrito de Magdalena del Mar, cuyos predios tengan los siguientes usos: a) Convento, Monasterio; b) Aires; c) Casa Habitación; d) Fundación o Asociación; e) Educacional y Servicios Generales”. [MDMM, Ord. 003-2018-MDMM, 26/1/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 27/01/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

Lo que dice la ordenanza:

“(...).

Artículo 2°.- Exonérese el pago de arbitrios generados en el periodo 2018, a las instituciones y/o Congregaciones Religiosas ubicadas en la jurisdicción del Distrito de Magdalena del Mar, cuyos predios tengan los usos establecidos en el artículo primero de la presente Ordenanza.

Artículo 3°.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo precedente, la exoneración procederá de manera automática, con la sola verificación en la base de datos del Sistema de Rentas, que los predios sean de propiedad de una Institución y/o Congregación Religiosa y que tengan los usos establecidos en el artículo primero de la presente Ordenanza.

(...)

Artículo 5°.- Déjese sin efecto, todos los valores tributarios emitidos a nombre de las Instituciones y/o Congregaciones Religiosas que se encuentren pendientes de pago por Arbitrios Municipales hasta diciembre de 2017, debiéndose suspender y archivar definitivamente los procesos de ejecución coactiva que se hayan iniciado y que tengan su origen en dichos valores, así como levantar las medidas cautelares en el caso que hubieren sido trabadas, sin costas ni gastos administrativos.

Artículo 6°.- La exoneración establecida en la presente norma no implica la devolución de los pagos por los arbitrios que ya hubieran sido cancelados.

(…)”.

 

 
 

La mejora de un parque obliga a la comuna de Magdalena a ampliar temporalmente el horario de construcción en el distrito

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La Municipalidad de Magdalena del Mar decidió establecer la ampliación de los horarios de construcción regulados mediante Ordenanza Nº 081-MDMM y modificatorias, que será aplicado para las constructoras que suspendan sus actividades a fin de viabilizar las actividades de rehabilitación y mejora del parque de la Virgen María conforme al siguiente detalle:

  • Lunes a viernes: 08:00 a 19:00 horas
  • Sábados: 08:00 a 19:00 horas
  • Domingos y feriados no podrán ejecutarse ninguna obra.

Esta ordenanza entrará en vigencia a partir del 19 de enero hasta el 31 de marzo del 2018. [MDMM, Ord. 004-2018-MDMM, 26/1/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 19/01/2018 hasta el 31/03/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

 
 
 
 
 

Huaura alista recuperación de vías ocupadas por el comercio informal y el comercio ambulatorio

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La Municipalidad distrital de Huaura dictó una ordenanza que aprueba la recuperación de vías ocupadas por el comercio informal y comercio ambulatorio en el distrito de Huaura. Además, declara como zona rígida para el comercio informal y comercio ambulatorio las siguientes: Calle El Balcón.- Desde intersección de la Av. San Martín con Jirón Bolívar (Cuadra N° 91) hasta la intersección con la calle José María Espiazu, Urb. El Socorro.

Avenida San Martín.- Toda la avenida desde el puente de Huaura, hasta el Senati.

Calle José Carlos Mariátegui.- Desde la intersección Av. Coronel Portillo, hasta intersección con la calle Bolognesi – Urb. El Socorro.

Calle Camino Real.- Desde intersección Av. San Martín, hasta intersección calle Ancash Urb. El Socorro.

Calle Los Libertadores.- Desde intersección Av. San Francisco, hasta la calle 28 de Julio Urb. El Carmen.

Avenida Las Malvinas.- Desde intersección Av. San Francisco, hasta intersección con la calle Bellavista Urb. El Carmen.

Avenida San Francisco.- Desde intersección de la Av. Ferrocarril, hasta la intersección con la Av. San Martín.

Jirón Bolívar.- Cuadras 1 y 2.

Perímetro de La Plaza de Armas.

Perímetro del Colegio San Martín y el Colegio Virgen del Carmen. [MDH, Ord. 021-2017-MDH, 26/1/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 27/01/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.