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Obras de edificación en Lima se realizarán de lunes a viernes desde las 7:30 hasta las 17:00 horas y los sábados desde las 8:00 hasta las 13:00

construccion

Con el objeto de establecer el horario para la ejecución de obras de edificación u obras conexas en la vía pública, así como aspectos relacionados con la instalación de carteles informativos y cercos de seguridad en obras de edificación en el Cercado de Lima; la Municipalidad de Metropolitana dictó la Ordenanza N° 2080. [MPC, Ord. 2080, 18/01/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 19/01/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

Lo que dice la ordenanza:

“Artículo 3°.- Definiciones. La presente ordenanza, considera las siguientes definiciones:

a) Obras de edificación: son aquellas que comprenden las obras de edificación nueva, ampliación, remodelación, refacción, acondicionamiento, puesta en valor histórico monumental, cerco, así como obras de demolición y que requieren para su ejecución de la respectiva licencia de edificación, emitida según la normativa sobre la materia.

b) Obras conexas en vía pública: Son aquellos trabajos destinados a reconstruir y mejorar la vía pública que fuera deteriorada por efectos de una obra de edificación, las cuales requieren de las respectivas autorizaciones emitidas por los órganos competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

(...).

Artículo 4°.- Horarios para la ejecución de obras.

4.1. Las obras de edificación u obras conexas en vía pública, señaladas en los literales a) y b) del artículo 3° de la presente ordenanza, se ejecutarán dentro de alguno de los siguientes horarios, según corresponda:

a) Horario ordinario o general: es aquel horario contemplado de lunes a viernes desde las 07:30 hasta las 17:00 horas, y los sábados desde las 8:00 hasta las 13:00 horas. No se incluyen los días feriados.

b) Horario extraordinario: excepcionalmente, el horario ordinario o general podrá ser ampliado, hasta dos horas adicionales, de lunes a sábado, en los siguientes casos:

(...).

4.2. No obstante lo anterior y debido a las características especiales de las obras o en virtud a la naturaleza compleja de las mismas, que determinen condiciones técnicas y/o de seguridad particulares, se podrá permitir la ejecución de obras de edificación u obras conexas en vía pública, en horarios y días no contemplados en la presente ordenanza; lo cual no será de aplicación en zonas residenciales.

(...).

4.5. Las obras conexas en vía pública, serán autorizadas de acuerdo al procedimiento previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima. En dicho procedimiento, el órgano competente, de oficio, podrá establecer horarios distintos al horario ordinario o general, de acuerdo a las características técnicas especiales de la obra o de la zona donde se ejecutará la misma.

4.6. El responsable de la obra o la persona natural o jurídica que la ejecuta, son responsables respecto de cumplir con los horarios señalados en el presente artículo.

(...)”.

 
 
 
 
 

Ate: regularización de habilitaciones urbanas sin licencia rige hasta diciembre del 2018

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Los propietarios de inmuebles ubicados en el distrito de Ate, que hayan ejecutado obras de habilitación urbana sin contar con la autorización municipal correspondiente, que cuenten con edificaciones con un nivel de consolidación de los predios de 90% del total del área útil del inmueble matriz y obras de infraestructura urbana inconclusas (agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, pistas y veredas); podrán iniciar su trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada hasta el 30 de diciembre de 2018. [MDA, Ord. 461-MDA, 18/01/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 19/01/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

 
 
 
 
 

Fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias para el 2018 en Ate

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La comuna de Ate estableció, entre otros, que el plazo para el pago del Impuesto Predial para los propietarios cuya clasificación sea Grandes Contribuyentes (Gracos) y Medianos Contribuyentes (Mecos), correspondientes al ejercicio 2018 vence de acuerdo a lo siguiente: pago al contado: 28 de febrero; pago fraccionado: primera cuota: 28 de febrero, segunda cuota: 31 de mayo, tercera cuota: 31 de agosto, cuarta cuota: 30 de noviembre. [MDA, Ord. 460-MDA, 18/01/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 19/01/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

 
 
 
 
 

El depósito vehicular municipal de Ate se ubica en la Avenida Asturias con Carretera Central

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La Municipalidad Distrital de Ate reconoció al “Depósito de vehículos, ubicado en Avenida Asturias s/n. con Carretera Central (ref. altura del Paradero Volvo), como depósito oficial municipal en donde se internarán los vehículos que hayan infringido el ordenamiento jurídico vigente”. [MDA, D. de Alc. 039-2017/MDA, 18/01/2018]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 19/01/2018.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.