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Marzo 7, 2023
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ISO 19152:2012 | Vivienda adopta el estándar LADM para el intercambio de información catastral en la interoperabilidad del Catastro Urbano Nacional

Cambio de documento ‌

El Sector Vivienda decidió aprobar la adopción del estándar LADM, basado en la Norma ISO 19152:2012, para el uso e intercambio de información catastral para la interoperabilidad del Catastro Urbano Nacional. Según la norma, la adaptación al Modelo LADM-Perú y su implementación se darán progresivamente para las entidades y gobiernos locales en la gestión de los catastros urbanos locales a nivel nacional conforme lo establezca el procedimiento de implementación respectivo, iniciándose en los distritos priorizados en el marco del proyecto de inversión "Creación del servicio de catastro urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura". En los antecedentes de esta norma, tenemos que el Decreto Legislativo N.° 1365, que establece disposiciones para el desarrollo y consolidación del Catastro Urbano Nacional (CUN), señala en su artículo 4° que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) es el ente rector en materia de CUN y responsable de dictar las políticas, normas, lineamientos y especificaciones técnicas relacionadas con la información catastral urbano nacional en el marco de lo establecido por el Sistema Nacional Integrado de Catastro y en concordancia con la Ley N.° 30156. Luego, mediante Decreto Supremo N.° 050-2020-EF se aprobó la operación de Endeudamiento Externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) destinada a financiar el proyecto de inversión arriba mencionado, donde el MVCS interviene como unidad ejecutora a través del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri), encargada de planificar, dirigir, evaluar y monitorear el proyecto. Por su parte, la Norma ISO 19152:2012 define al LADM como un modelo conceptual y semántico de la realidad del territorio, que tiene, entre otros objetivos, el de orientar el diseño y desarrollo de la base de datos y del sistema informático definitivo de administración de información catastral urbana y de facilitar el intercambio de datos catastrales entre diversos actores y su combinación con otras fuentes de información. [MVCS, R. D. 006-2023-Vivienda/VMVU-DGPRVU, 7/03/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban la adopción del estándar LADM basado en la Norma ISO 19152:2012 para el uso e intercambio de información catastral para la interoperabilidad del Catastro Urbano Nacional

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17123.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 8 de marzo del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Legislativo N.° 1365, que establece disposiciones para el desarrollo y consolidación del Catastro Urbano Nacional (CUN).

Información relacionada: ninguna.

R. D. 006-2023-Vivienda-VMVU-DGPRVU
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Malla curricular, cronograma y sílabo del I Curso de Extensión Universitaria en Vivienda y Urbanismo

‌ Quality control certification, checked garantee of standard of company product.

El Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializó la realización del I Curso de Extensión Universitaria en Vivienda y Urbanismo, a partir del día sábado 15 de abril hasta el día domingo 28 de mayo del 2023. El curso está dirigido a los estudiantes que cursan el último año o ciclos y/o egresados del año 2022 de las carreras de derecho, arquitectura, ingeniería civil, ingeniería geográfica, ingeniería ambiental, economía y geografía, de las universidades a nivel nacional. La modalidad mixta en la que se desarrollará se divide en presencial, para los participantes de Lima y Callao, y virtual, para los participantes de otros departamentos y/o provincias. Esta resolución también aprueba la malla curricular, el cronograma y silabo. Sobre este punto, se tiene que el Curso de Extensión Universitaria en Vivienda y Urbanismo (CEUVU) tiene como objetivo principal ser un espacio académico de especialización que brinde a los estudiantes del último año (o su equivalente en ciclos) y egresados del año 2022 de las carreras mencionadas, recibir conocimientos teóricos y prácticos en las materias de vivienda y urbanismo para desempeñarse en el ámbito de la administración pública; así como, desarrollar capacidades para el mejor desenvolvimiento en el ámbito privado en relación con este sector. [MVCS, R. D. 005-2023-Vivienda/VMVU-DGPRVU, 7/03/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Oficializan la realización del I Curso de Extensión Universitaria en Vivienda y Urbanismo

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17123.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 8 de marzo del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

* Decreto Legislativo N.° 1401, que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el sector público.

Información relacionada: ninguna.

R. D. 005-2023-Vivienda-VMVU-DGPRVU
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Un nuevo marco normativo para otorgar licencias de funcionamiento en Comas

Auditoría ‌

Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de Comas (MDC) regula el marco normativo, los aspectos técnicos y administrativos para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento y autorizaciones conexas, para el desarrollo de actividades económicas en el distrito. La ordenanza establece los parámetros legales que facilitan el otorgamiento de licencias de funcionamiento y autorizaciones conexas a los emprendedores y empresarios en el distrito de Comas, de manera sencilla, flexible y segura, otorgándole seguridad jurídica al administrado y procurando el entendimiento y transparencia en los procedimientos administrativos materia de la presente ordenanza. Según la norma municipal, la licencia de funcionamiento es la autorización que otorgan las municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado en favor del titular. Pueden otorgarse licencias que incluyan más de un giro, siempre que estos sean afines o complementarios entre sí, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Ministerio de la Producción. Si los sujetos obligados a obtener la licencia de funcionamiento desarrollan actividades en más de un establecimiento, deben obtener una licencia para cada uno de ellos. Las actividades de cajero corresponsal y otras actividades orientadas a promover la inclusión financiera, según la definición que establezca la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), se entienden incluidas en todos los giros existentes. El titular de una licencia de funcionamiento puede desarrollar las referidas actividades sin necesidad de solicitar una modificación, ampliación o nueva licencia de funcionamiento ni realizar ningún trámite adicional. El otorgamiento de una licencia de funcionamiento no obliga a la realización de la actividad económica en un plazo determinado. Además, entre otras, la municipalidad aprueba incorporar al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) el procedimiento administrativo "Actividades simultáneas y adicionales", a cargo de la Subgerencia de Promoción Empresarial de la Gerencia de Gestión Territorial y Desarrollo Económico. Finalmente, se derogan expresamente las ordenanzas números 574/MDC y 578/MDC. [MDC, Ord. 657/MDC, 7/03/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que regula el otorgamiento de licencias de funcionamiento y autorizaciones conexas en el distrito de Comas

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17123.

Entidad: Municipalidad Distrital de Comas (MDC).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: incorpora al TUPA y al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones el procedimiento administrativo "Actividades simultáneas y adicionales", a cargo de la Subgerencia de Promoción Empresarial de la Gerencia de Gestión Territorial y Desarrollo Económico.

Derogaciones: deroga las ordenanzas números 574/MDC y 578/MDC.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 8 de marzo del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ordenanzas números 574/MDC y 578/MDC.

Información relacionada:

+ Comas incorpora en su TUPA procedimientos relacionados con el cambio de giro de las licencias de funcionamiento. [MDC, Ord. 593/MDC, 21/10/2020]

+ Comas suspende temporalmente la aplicación de los nuevos procedimientos administrativos, requisitos y derechos de trámite de ciertas licencias de funcionamiento. [MDC, Ord. 549/MC, 27/09/2018]

Ord. 657-MDC
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