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Febrero 13, 2923
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San Luis fija mecanismos de prevención y procedimiento para reparar daños materiales a predios de terceros por obras de edificación, demolición, ampliación y remodelación

casa con grieta ‌

Esta ordenanza de la Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL) establece los mecanismos de prevención y procedimiento para reparar los predios de terceros colindantes en los que se haya comprobado daños materiales causados al momento de la ejecución de obras de edificaciones nuevas, demoliciones parciales o totales, remodelaciones y ampliaciones. Dicta esta ordenanza que, una vez emitida la Licencia de edificación, demolición, ampliación o remodelación por la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro (SOPC), el titular de la licencia mediante carta simple o notarial dirigida a los propietarios de los predios colindantes comunicará el inicio de la obra autorizada y la necesidad de evaluar los predios, adjuntando simultáneamente la Carta de compromiso de reparación de daños materiales (Anexo I de esta ordenanza); es necesario comunicar y verificar cada lote colindante independientemente a la obra de edificación, demolición, ampliación o remodelación a ser ejecutada. Finalizada la inspección al inmueble colindante, se elabora un acta de verificación de su estado (Anexo II de esta ordenanza), con un registro fotográfico que evidencie su situación actual. El informe será suscrito en duplicado y firmado por el titular de la licencia de edificación o su representante legal, responsable de la obra, y por el propietario del inmueble colindante o su representante legal. Finalmente, un original de la Carta de compromiso de reparación de daños materiales, el Acta de Verificación del estado del predio colindante y del registro fotográfico será presentado por el titular de la licencia a la Municipalidad Distrital de San Luis como documentación anexa al expediente de la Licencia de edificación y/o demolición junto con la documentación indicada y conforme con el D. S. N.° 029-2019-Vivienda; después de lo cual se podrá iniciar la obra autorizada. Este anexo debe ingresar al expediente como mínimo tres días antes de iniciar la obra. Si el propietario del lote colindante se niega a la verificación del estado actual de su inmueble, solo bastará anexar copia simple del cargo de la recepción de la carta notarial y la Declaración jurada de compromiso de reparación de daños materiales (Anexo I) suscrito en original por el titular de la licencia de edificación o su representante legal y el responsable de obra. Las obras serán paralizadas automáticamente por los siguientes motivos:

"- Por no entregar la Carta de compromiso de reparación de daños materiales a los propietarios de los predios colindantes.

- Por no efectuar la Evaluación de los predios colindantes según dispone la presente ordenanza.

- Por ocasionar daños materiales al predio colindante y negarse a su reparación.

Excepcionalmente, queda prohibida la paralización de las obras donde se encuentren estructuras en situación inestable, por daños materiales durante el proceso de excavación, en la etapa de estabilización de taludes y en demoliciones totales o parciales al amparo de una licencia de edificación" (sic). [MDSL, Ord. 0343-2022-MDSL/C, 12/02/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que establece mecanismos de prevención y procedimiento para la reparación de daños materiales a predios de terceros causados por obras de edificación, demolición, ampliación y remodelación en el distrito de San Luis

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17080.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 13 de febrero del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación.

Información relacionada:

+ Licencias de edificación y de funcionamiento | Lima ratifica derechos de trámite de 223 procedimientos administrativos para San Luis. [MML, Ac. de Concejo 472-2022, 29/01/2023]

+ San Luis adecua al D. S. 200-2020-PCM diez procedimientos administrativos de su TUPA referidos a la obtención de la licencia de funcionamiento. [MDSL, D. de Alc. 004-2022-MDSL-DA, 16/03/2022]

Ord. 0343-2022-MDSL-C
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Se modifica el nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de San Luis

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Este fin de semana se aprobaron los cambios sobre la Ordenanza N.° 291-MDSL/C, que aprobó el nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de San Luis. Se modificaron, específicamente, los siguientes artículos: 7° (Definiciones y abreviaturas) [se modifica el literal "d" Inspector municipal de instrucción]; 11 (Fases del procedimiento administrativo sancionador); 14 (Deberes de la autoridad instructora) [se adiciona el numeral 7, la labor de educar, orientar y prevenir]; 16 (Deberes de los administrados fiscalizados) [se modifica el literal b) - permitir el acceso de los funcionarios y/o servidores que formen parte de la Unidad de Fiscalización de Control Municipal]; 17 (Documentos emitidos como producto de la acción fiscalizadora); 20 (Contenido del acta de fiscalización municipal) [se adiciona el numeral 9, el Acta de fiscalización municipal deberá indicar si tiene o no medidas complementarias y deberá consignar el detalle de cada una de ellas]; 23 (Facultad especial de la autoridad instructora); 24 (Notificación de cargo); 25 (Contenido de la notificación de cargo); 53 (Clausura temporal o definitiva); 57 (Internamiento temporal de vehículos) y 61 (Levantamiento de medidas complementarias). Se deroga el artículo 60 (Medidas complementarias de ejecución inmediata). [MDPN, Ord. 0344-2022-MDSL/C, 12/02/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que modifica diversos artículos contenidos en la Ordenanza N.° 291-MDSL/C sobre el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de San Luis

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17080.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica los artículos 7°, 11, 14, 17, 20, 23, 24, 53, 57, 60 y 61 de la Ordenanza N.° 291-MDSL/C.

Derogaciones: deroga el artículo 60 de la Ordenanza N.° 291-MDSL/C.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 13 de febrero del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ordenanza N.° 291-MDSL/C, que aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de San Luis.

Información relacionada:

+ Nuevo régimen de aplicación de sanciones administrativas de la Municipalidad Distrital de San Luis. [MDSL, Ord. 291-MDSL/C, 25/02/2020]

Ord. 0344-MDSL-C
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El riesgo geológico | Punta Hermosa suspende toda actividad administrativa o constructiva en la zona este del distrito

riesgo geológico ‌

El Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), en su un informe técnico sobre la existencia de riesgo geológico en el límite territorial este del distrito de Punta Hermosa, concluyó que el distrito está afectado por peligros geológicos tipo flujo de detritos, conocidos como huaicos, y arreamientos, que son detonados por lluvias intensas y/o excepcionales en la parte alta de la Quebrada de Malanche, de modo que la ocupación urbana no planificada en esta zona contribuye a la exposición de la población a estos peligros. Sin embargo, pese a la existencia de este informe, mediante la Ordenanza N.° 421-MDPH, del 30 de octubre del 2020, se derogó la Ordenanza N.° 242-2013-MDPH, amparándose en la Resolución Directoral N.° 828-2020-ANA-AAA-CañeteFortaleza, que se refiere únicamente a la aprobación de la delimitación de la Faja Marginal de la Quebrada Rio Seco - Quebrada Malanche. Ahora, la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa dicta la ordenanza que deroga la Ordenanza Municipal N.° 421-MDPH que, a su vez, derogó la Ordenanza N.° 242-2013-MDPH, y restituye la vigencia de la Ordenanza N.° 242-2013-MDPH, que declara zona de riesgo geológico la zona este del distrito de Punta Hermosa y dispone la suspensión de todas las actividades administrativas o constructivas en dicho sector del distrito. [MDPH, Ord. 469-MDPH, 10/02/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Derogan la Ordenanza N.° 421-MDPH y restituyen vigencia de la Ordenanza N.° 242-2013-MDPH que declara zona de riesgo geológico la Zona Este del distrito de Punta Hermosa y dispone la suspensión de todas las actividades administrativas o constructivas en dicho sector del distrito

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17078.

Entidad: Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: deroga la Ordenanza Municipal N.° 421-MDPH y restituye la vigencia de la Ordenanza N.° 242-2013-MDPH.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 11 de febrero del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ordenanza Municipal N.° 421-MDPH, que deroga la Ordenanza N.° 242-2013-MDPH que declaró zona de riesgo geológico, la zona este del distrito de Punta Hermosa y suspenden toda actividad administrativa o constructiva en área afectada.

* Ordenanza N.° 242-2013-MDPH, que declara zona de riesgo geológica la zona este del distrito de Punta Hermosa y suspende toda actividad administrativa o constructiva en el área afectada.

Información relacionada:

+ La reactivación de la edificación | Se adelanta desde el 15 de marzo el periodo de construcción en Punta Hermosa. [MDPH, Ord. 430-MDPH, 7/03/2021]

+ Con la faja de la Quebrada Río Seco (Malanche) ya delimitada, se levanta la suspensión de las actividades constructivas en la zona este de Punta Hermosa. [MDPH. Ord. 421-MDPH, 29/11/2020]

Ord. 469-MDPH
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Comas deroga la ordenanza que prohibía el estacionamiento de vehículos en la vía pública

‌ Destrucción de documento

La Municipalidad Distrital de Comas decidió derogar la Ordenanza Municipal N.° 602-MDC, de fecha 22 de abril del 2021, que prohíbe el estacionamiento de vehículos en la vía pública, que interrumpan la libre circulación en el distrito. Autorizó, además, a su Subgerencia de Sanciones y Ejecutoria Coactiva Administrativa la entrega de los vehículos internados en el depósito municipal en el estado que se encuentran, en aplicación de la presente ordenanza. En la parte considerativa de esta norma municipal, se informa que, "de la verificación del Informe N.° 010-2023-SGTTyV-GFT-MDC, la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Viabilidad, señala en sus antecedentes que el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, mediante la Dirección de Políticas y Normas en Transporte y Comunicaciones, advierte a través de su Informe N.° 889-2021-MTC/18.01, de fecha 16 de junio del 2021, que la Ordenanza N.° 602-MDC contraviene las disposiciones en materia de tránsito, al tipificar conductas infractores contrarias a la Ley General de Transporte, Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Nacional de Tránsito. [MDC, Ord. 654/MDC, 11/02/2023]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Derogan la Ordenanza Municipal N,° 602-MDC que prohíbe el estacionamiento de vehículos en la vía pública que interrumpan la libre circulación en el distrito de Comas y autorizan la entrega de los vehículos internados en el depósito municipal

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17078.

Entidad: Municipalidad Distrital de Comas (MDC).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: deroga la Ordenanza Municipal N.° 602-MDC.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 13 de febrero del 2023.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ordenanza Municipal N.° 602-MDC, que prohíbe el estacionamiento de vehículos en la vía pública que interrumpan la libre circulación en el distrito de Comas.

Información relacionada:

+ Comas prohíbe el estacionamiento de vehículos en la vía pública que interrumpan la libre circulación. [MDC, Ord. 602/MDC, 22/04/2021]

+ ¡Oiga, no bloquee el paso! | Comas prohíbe el estacionamiento de vehículos en la vía pública que interrumpan la libre circulación. [MDC, Ord. Mun. 602/MDC, 19/01/2021]

Ord. 654-MDC
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