Calles sin anuncios | Magdalena prohíbe la suscripción de convenios y/o adendas para instalar anuncios publicitarios en la vía pública
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Se aprobó por unanimidad, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la ordenanza que establece la prohibición de suscripción de convenios y/o adendas, en todas sus modalidades, para la instalación de anuncios publicitarios en la vía pública del distrito de Magdalena del Mar. Esta norma municipal se ampara en el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N.° 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; entendiéndose por autonomía política a la facultad de adoptar políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar funciones que le son inherentes, conforme con lo establecido en el numeral 9.1), artículo 9° de la Ley N.° 27783, Ley de Bases de la Descentralización. [MDMM, Ord. 157-2023-MDMM, 9/02/2023] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Establecen la prohibición de suscripción de convenios y/o adendas, en todas sus modalidades, para la instalación de anuncios publicitarios en vía pública Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XL, N.° 17075. Entidad: Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (MDMM). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 10 de febrero del 2023. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N.° 30305. * Artículo II del Título Preliminar de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. * Artículo 9° de la Ley N.° 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Información relacionada: + Magdalena del Mar oficializa su Programa de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora. [MDMM, D. de Alc. 014-2021-MDMM, 2/04/2021]
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