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Diembre 28, 2022
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Accesos y salidas | El MVCS precisa las dimensiones para una zona de estacionamiento de 300 a más vehículos

‌ Estacionamiento

Opinión vinculante | Vivienda. En el año 2019, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) absolvió una consulta relacionada con las dimensiones que deben tener los accesos y salidas de las zonas de estacionamiento con más de 300 vehículos. En el caso, el administrado planteaba dos casos gráficos: uno con accesos y salidas separados de 6.00 m. cada uno, con doble carril de 3.00 m., y otro con acceso y salida de 3.00 m. cada uno, separado de otro acceso y salida de 3.00 m. cada uno. Y sobre ella, se planteaban dos interrogantes: ¿es posible distribuir los doce metros requeridos en el numeral 6 del inciso b) del artículo 67 de la Norma A.010 en dos accesos que contengan dos carriles de tres metros cada uno, uno de ingreso y uno de salida? y ¿será válida la propuesta dos? Para la autoridad administrativa, el literal a) del artículo 67 de la Norma Técnica A.010 "Condiciones Generales de Diseño" del Reglamento Nacional de Edificaciones "permite proponer en una zona de estacionamiento con 300 a más vehículos accesos y salidas de forma separada, el cual cada uno de éstos debe tener 6.00 m. de dimensión mínima entre sus paramentos, debiendo uno ser de 6.00 m. de doble carril para uso exclusivo de accesos y otro de 6.00 m. de doble carril de uso exclusivo de salidas de vehículos, ambos deberán dar hacia la misma zona de estacionamiento" (sic). (Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo Hernán Navarro Franco) [MVCS, Inf. Téc. Legal 040-2019-Vivienda/VMVU-DGPRVU-DV-JHA-AMBR, 17/04/2019]

Ficha legal de la noticia:

Base legal interpretada o analizada:

* Artículo 67 de la Norma Técnica A.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE).

Entidad o persona comprometida: Compass Fondo de Inversión Inmobiliario.

Valores agregados LEX:

Concordancias:

* Decreto Supremo N.° 015-2004-Vivienda, que aprueba el índice y la estructura del Reglamento Nacional de Edificaciones.

* Decreto Supremo N.° 005-2014-Vivienda, que modifica el Reglamento Nacional de Edificaciones.

Información relacionada:

+ Los límites y los semisótanos | Vivienda explica desde dónde debe iniciar la rampa de acceso a los estacionamientos. [MVCS, Inf. Téc. Legal N.° 019-2019-Vivienda/VMVU-DGPRVU-DV-JJLL-AMBR, 24/4/2019]

+ La Norma Técnica A.010 del RNE | Vivienda explica el radio de giro de las rampas medidos al eje del carril de circulación vehicular. [MVCS, Inf. Téc.-Legal 025-2019-VIVIENDANMVU-DGPRVUDV-JJLL-KCG, 18/7/2019]

+ Al no ser habitables, en los estacionamientos en sótanos basta una sola escalera de evacuación. [MVCS, Inf. Téc. Legal 034-2019-Vivienda/VMVU-DGPRVU-DV-JJLL-KCG, 14/08/2019]

+ Estacionamientos de alta o baja rotación | Vivienda señala la distancia mínima que debe existir entre los estacionamientos de un hospedaje. [MVCS, Inf. Téc. 111-2019-Vivienda/VMVU.DGPRVU-DV-JJLL-KCG, 9/08/2019]

Inf. Téc. Legal 040-2019-Vivienda-VMVU-DGPRVU-DV-JHA-AMBR
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