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Setiembre 29, 2022
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S/ 500 mensuales | Segunda convocatoria del año para otorgar siete bonos de arrendamiento de vivienda para emergencias

Costo casa ‌

El Gobierno lanzó la segunda convocatoria del año 2022 para el otorgamiento de siete bonos de arrendamiento de vivienda para emergencias (en adelante, BAE), dirigida a igual número de potenciales beneficiarios, damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables como consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, y que se ubiquen dentro de la zona declarada en estado de emergencia mediante el Decreto Supremo N.° 050-2022-PCM y sus prórrogas. Según expone la norma, dos BAE corresponden a potenciales beneficiarios del distrito de Ocumal, de la provincia de Luya; cuatro BAE corresponden a potenciales beneficiarios del distrito de Milpuc, de la provincia de Rodríguez de Mendoza y un BAE corresponde a un potencial beneficiario del distrito de Cajaruro, de la provincia de Utcubamba, en el departamento de Amazonas. El valor del BAE es de S/ 500.00 y se otorga con una periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años para el arrendamiento de una vivienda ubicada en el departamento de Amazonas. [MVCS, R. M. 266-2022-Vivienda, 29/09/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban la segunda convocatoria del año 2022 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención a la emergencia declarada por el Decreto Supremo N.° 050-2022-PCM

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16830.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 29 de setiembre del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 050-2022-PCM, que declaró el estado de emergencia en el distrito de Ocumal de la provincia de Luya, en los distritos de Chirimoto, Cochamal, Limabamba, Milpuc y Totora de la provincia de Rodríguez de Mendoza y en el distrito de Cajaruro de la provincia de Utcubamba, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario.

Información relacionada:

+ El Gobierno oficializa la primera lista de beneficiarios del bono de arrendamiento. [MVCS, R. M. 239-2022-Vivivenda, 28/8/2022]

+ Este es el reglamento de la ley que crea el bono de arrendamiento de vivienda para emergencias. [MVCS, D. S. 008-2022-Vivienda, 18/08/2022]

+ 500 soles mensuales por un plazo máximo de dos años | El Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias. [PL, Ley 31526, 26/07/2022]

+ Congreso publica la Ley que crea el Bono de Arrendamiento para Vivienda. [PL, Ley 30952, 30/05/2019]

+ ¿Quién paga el alquiler? | Son cuarenta y ocho bonos de arrendamiento para emergencias los que incluye la primera convocatoria del MVCS. [MVCS, R. M. 254-2022-Vivienda, 15/09/2022]

R. M. 266-2022-Vivienda
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La Molina prorroga hasta el 31 de octubre sus beneficios tributarios

‌ Plazo año

La Municipalidad Distrital de La Molina (MDLM) prorroga hasta el 31 de octubre del 2022, el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N.° 429/MDLM, medida que permitirá incrementar el número de contribuyentes beneficiados; en este sentido, encarga a la Gerencia de Administración Tributaria y a sus subgerencias ejecutoras, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Tecnologías de Información, el cumplimiento y debida aplicación del presente decreto de alcaldía. [MDLM, D. de Alc. 005-2022/MDLM, 29/09/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Prorrogan el plazo establecido en la Ordenanza N.° 429/MDLM, que otorga beneficios tributarios a los contribuyentes del distrito de La Molina

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16833.

Entidad: Municipalidad Distrital de La Molina (MDLM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 30 de setiembre del 2022.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, TUO del Código Tributario.

Información relacionada:

+ Los beneficios tributarios para los vecinos de La Molina regirán hasta el 30 de junio del 2022. [MDLM, D. de Alc. 003-2022/MDLM, 28/05/2022]

D. de Alc. 005-2022-MDLM
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