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Setiembre 15, 2022
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¿Quién paga el alquiler? | Son cuarenta y ocho bonos de arrendamiento para emergencias los que incluye la primera convocatoria del MVCS

Costo casa ‌

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) oficializa la primera convocatoria del año 2022 para el otorgamiento de 48 bonos de arrendamiento de vivienda para emergencias (en adelante, BAE), dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables a consecuencia del impacto de daños por derrumbes en el distrito de Chavín de Huántar, provincia de Huari, departamento de Áncash, ubicadas dentro de la zona declarada en emergencia mediante el Decreto Supremo N.° 080-2022-PCM.

Para esta convocatoria, el MVCS dispone lo siguiente:

"a) El valor del BAE es de S/ 500.00 (quinientos y 00/100 soles), se otorga con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años, para el arrendamiento de una vivienda ubicada en el departamento de Áncash.

b) La relación de potenciales beneficiarios se publica al día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano en: i) las sedes digitales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) y del Fondo Mivivienda S.A. (www.mivivienda.com.pe); ii) el local de la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar; iii) el local del Centro de Atención al Ciudadano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), ubicado en Huaraz.

c) Los documentos señalados en el literal a) del artículo 3° de la presente resolución ministerial se presentan en el local de la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar ubicado en la Plaza de Armas N.° 120, o en el Centro de Atención al Ciudadano del MVCS ubicado en el Jirón Esteban Castromonte N.° 399 (esquina con la Avenida Confraternidad Internacional Este), Urbanización Pedregal Medio, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Áncash" (sic). [MVCS, R. M. 254-2022-Vivienda, 15/09/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Primera convocatoria del año 2022 para el otorgamiento del bono de arrendamiento de vivienda para emergencias en atención a la emergencia declarada por D. S. N.° 080-2022-PCM

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16801.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica el literal d. del párrafo 29.1 del artículo 29 del Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de construcción en sitio propio, aprobado por la Resolución Ministerial N.° 120-2020-Vivienda.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 16 de setiembre del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Resolución Ministerial N.° 120-2020-Vivienda, aprueba el Reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional, para la modalidad de aplicación de construcción en sitio propio.

Información relacionada:

+ El MVCS podrá establecer un valor excepcional del BFH y/o un valor excepcional del ahorro mínimo para casos especiales debidamente sustentados. [MVCS, R. M. 404-2021-Vivienda, 30/12/2021]

+ Tercera llamada | Vivienda convoca a participar en el otorgamiento de más de once mil bonos habitacionales para la aplicación de construcción en sitio propio. [MVCS, R. M. 328-2021-Vivienda, 16/10/2021]

+ Cambios al reglamento para acceder al BFH para la modalidad de adquisición de vivienda nueva. [MVCS, R. M. 182-2021-Vivienda, 26/06/2021]

+ Vivienda suspende las fórmulas para el cálculo del ingreso familiar mensual para acceder al BFH en la modalidad de construcción en sitio propio y en la de adquisición de vivienda nueva. [MVCS. R. M. 159-2021-Vivienda, 2/06/2021]

+ Se busca urgente Pyme, Fovime, Cafae o Derrama interesada en construir | Nuevo reglamento para acceder al bono familiar en la compra de vivienda nueva. [MVCS, R. M. 313-2020-Vivienda, 9/12/2020]

R. M. 254-2022-Vivienda
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Plan de manejo de residuos sólidos para el periodo 2022-2026 de la Municipalidad de San Borja

‌ Basura plástica

La Municipalidad Distrital de San Borja aprueba su Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos, periodo 2022-2026, con el que establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición final, con el objeto de asegurar una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades. Además, encarga a la Gerencia de Medio Ambiente y Sostenibilidad, a la Unidad de Limpieza Pública y Gestión Ambiental, así como a las demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo establecido en dicho plan. Con esta norma se deroga la Ordenanza N.° 618-MSB. El texto del documento se publica en el portal institucional www.munisanborja.gob.pe. [MSB, Ord. 687-MSB, 15/09/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban el "Plan distrital de manejo de residuos sólidos, periodo 2022-2026 de la Municipalidad de San Borja"

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16801.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Borja (MSB).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: deroga la Ordenanza N.° 618-MSB.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 16 de setiembre del 2022.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Ley N° 28611, Ley General del Ambiente.

* Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Información relacionada:

+ San Borja aprueba su "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental 2018 - Planefa". [MSB, R. 172-2017-MSB-A, 13/12/2017]

Ord. 687-MSB
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