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Setiembre 7, 2022
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El Sistema de Información Registral (SIR) listo para generar asientos de inscripción en función a datos estructurados

Actualización ‌

Como parte de la optimización de los sistemas y servicios registrales, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) implementa una mejora funcional en el Sistema de Información Registral (SIR) para que la extensión de los asientos registrales se realice únicamente sobre la base de la información estructurada generada por la presentación de los títulos al registro. La información, previamente, será revisada, modificada, adecuada o complementada por el registrador público en el marco de su calificación y en función al contenido del título. Esta mejora funcional evitará discrepancias en la información de los índices informatizados sobre el asiento de inscripción; reducirá, además, los casos de rectificaciones por error material al limitar la incorporación de texto libre para generar la inscripción registral. La implementación de este sistema será progresiva y a partir de ciertos actos de particular relevancia económica y de impacto en el desarrollo del país, como compraventa, hipoteca y bloqueo registral pertenecientes al Registro de Predios; así como, sobre ciertas oficinas registrales, tales como la Zona Registral N.° IX, en Lima, y la Zona Registral N.° II, en Chiclayo. Lo dispuesto entrará en vigencia a partir del 12 de setiembre del 2022. [Sunarp, R. 129-2022-Sunarp/SN, 7/09/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban mejora funcional en el Sistema de Información Registral - SIR para generar asientos de inscripción en función a datos estructurados

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16795.

Entidad: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 12 de setiembre del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* R. 096-2001-Sunarp/SN, que autoriza una nueva técnica para extender las inscripciones en los registros jurídicos a través del software denominado Sistema de Información Registral (SIR), que permite almacenar la información registral en medios que aseguran su inalterabilidad e integridad.

Información relacionada:

+ Las reglas de la Sunarp para uniformizar la evaluación técnica y emisión del informe técnico en los actos de inscripción registral. [Sunarp, R. 023-2021-Sunarp/DTR, 24/07/2021]

+ Directiva de la Sunarp que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados. [Sunarp, R. 107-2020-Sunarp-SN, 14/08/2020]

R. 129-2022-Sunarp-SN
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Nuevo Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad de San Isidro

‌ niño y mundo

La Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI) aprueba su Reglamento de Supervisión Ambiental y sus cuatro anexos; además, con la norma que los aprueba deroga el Decreto de Alcaldía N.° 023-2017-ALC/MSI que aprobó el reglamento anterior. La entidad encarga a la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible, a través de la Subgerencia de Gestión Ambiental, la implementación de las disposiciones establecidas en el reglamento y sus anexos aprobados. El documento completo se publica en el portal Web institucional: www.munisanisidro.gob.pe. [MSI, D. de Alc. 025-2022-ALC/MSI, 7/09/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban el Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad de San Isidro, y sus cuatro anexos

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16795.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Isidro (MDSI).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 8 de setiembre del 2022.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Ley N.° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental.

* Resolución Ministerial N.° 247-2013-Minam, Régimen Común de Fiscalización Ambiental.

* Decreto de Alcaldía N.° 023-2017-ALC-MSI, que aprueba el Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad de San Isidro.

Información relacionada:

+ La construcción debe cumplir estrictamente los niveles sonoros | Ordenanza de San Isidro para prevenir y controlar la calidad ambiental. [MSI, Ord. 530-MSI, 22/11/2020]

D. de Alc. 025-2022-ALC-MSI
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