|
En sesión ordinaria del Centésimo Septuagésimo Sétimo Pleno del Tribunal Registral, modalidad presencial, realizada los días 31 de agosto y 1 de setiembre del 2017 se aprobaron los siguientes tres precedentes de observancia obligatoria:
1. El supuesto excepcional de independización en el que no es factible determinar el área, linderos o medidas perimétricas del predio remanente, faculta al interesado a omitir únicamente la presentación de la documentación técnica relativa a dicho remanente y no sobre los demás requisitos para la independización.
2. La orden de captura contenida en un oficio de la Policía Nacional es un acto no inscribible. Si se anotó, procede la cancelación por caducidad al aplicar el primer párrafo del artículo 3° de la Ley N° 26639, sin perjuicio de su vigencia extrarregistral. (Sunarp, R. 261-2017/PT, 15/11/17)
|