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Julio 5, 2022
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Contrato de obra por administración: documentos que podrían demostrar los servicios brindados

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Tribunal Fiscal | Impuesto a la Renta. Para demostrar el cumplimiento del contrato de obra por administración, la recurrente presentó una valorización de obra en un archivo Excel, en el que detalla el presupuesto especificando ítems como estructuras, arquitectura, instalaciones sanitarias, acabados y gastos generados, los que también se encuentran registrados en su contabilidad. Para el Tribunal Fiscal (TF), esta documentación no acredita el cumplimiento del contrato de obra, pues de acuerdo con este la recurrente se encargaría de la administración, gestión gerencial y negocios de dos proyectos; sin embargo, no existen informes sobre la asesoría en la búsqueda y compra de terrenos sobre los que se desarrollarían tales proyectos, ni la negociación con los bancos para el financiamiento, tampoco sobre el gerenciamiento de ellos y la gestión de las obras de habilitación urbana, ni el llevado de cuentas de ingresos, gastos, contabilidad y costos del proyecto, entre otros; por lo que, el tribunal no verifica la fehaciencia de los servicios prestados. (V. P. Sarmiento Díaz) [TF, RTF 06910-8-2020, 19/11/2020]

Ficha legal de la noticia:

Base legal interpretada o analizada:

* Artículo 37 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF.

Entidad o persona comprometida: Intendencia Lima de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Valores agregados LEX:

Concordancias:

* Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario.

* Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta.

* Decreto Supremo N.° 150-2007-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía.

* Decreto Supremo N.° 085-2007-EF, modificado por el Decreto Supremo N.° 207-2012-EF, que aprueba el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la Sunat.

Información relacionada:

+ La Sunat no puede desconocer los ajustes a los ingresos reconocidos según la NIC 11 sin analizar su pertinencia bajo las normas tributarias aplicables a los contratos de construcción. [TF, RTF 07822-4-2020, 15/12/2020]

+ La Sunat no puede reparar la compra de materiales para la construcción por el solo hecho de haber sido adquiridos antes del inicio de la obra. [TF, RTF 04358-8-2020, 27/8/2020]

+ Contratos de construcción: la obligación del IGV nace al percibir el ingreso o emitir el comprobante de pago, lo que ocurra primero. [TF, RTF 02936-5-2021, 23/07/2021]

+ ¿Su empresa sabe qué documentos debe presentar para acreditar la compra de materiales de construcción? [TF, RTF 01327-5-2016, 10/02/2016]

RTF 06910-8-2020
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