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Junio 15, 2022
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La formalidad siempre paga más | San Luis fija un procedimiento especial para regularizar las edificaciones ejecutadas sin licencia

‌ Contrato casa

La Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL) establece un procedimiento especial para aquellas edificaciones ejecutadas sin licencia, dentro de un periodo extraordinario, desde el 1 de enero del 2017 hasta el 31 de diciembre del 2020, y que puedan ser regularizadas bajo los requisitos fijados en el Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda. Según explica la comuna, el procedimiento impulsa la formalidad en las edificaciones y, con ello, mejora la calidad de vida de los habitantes del distrito. Para la regularización de la licencia de edificación, podrán acogerse a la presente ordenanza las personas naturales o jurídicas, propietarios o que cuenten con derecho a edificar, de predios urbanos que cuenten con habilitación urbana recepcionada, y que soliciten la regularización de licencias de edificaciones culminadas y/o a nivel de casco habitable dentro del periodo de vigencia de esta norma municipal. Todo este procedimiento está sujeto a evaluación y dictamen por parte de los delegados del Colegio de Arquitectos del Perú, de la Comisión Técnica de Edificaciones, según el artículo 84, inciso 84.1, del Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda. La presente ordenanza regirá desde el 16 de junio hasta el 16 de noviembre del 2022, vencido el plazo de vigencia ninguna solicitud por trámite de regularización de licencia de edificación podrá acogerse a sus beneficios. El procedimiento para regularizar las edificaciones será el mismo señalado para cada modalidad en la Ley N.° 29090 y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda. La declaración de datos falsos será de estricta responsabilidad del propietario y de los profesionales que intervengan en los procedimientos, ellos estarán sujetos a las sanciones administrativas, civiles y/o penales de ley; se comunicará, al mismo tiempo, a los colegios profesionales correspondientes para las medidas disciplinarias que hubiere lugar. Las multas pagadas por sanciones impuestas por haber construido sin licencia no serán devueltas en ningún caso. También podrán acogerse los procedimientos administrativos que cuenten con multa administrativa por construir sin licencia, siempre que esta no se encuentre en etapa de ejecución coactiva. No están comprendidas dentro de los alcances de esta ordenanza la regularización de las edificaciones construidas sobre:

- Predios calificados registralmente como rústicos.

- Áreas de dominio público (jardines de aislamiento, avenidas, calles, pasajes, plazas, parques y/o jardines, etcétera)

- Áreas determinadas de alto riesgo para la salud e integridad física de los pobladores.

- Además, aquellas edificaciones construidas en contravención de la normatividad urbanística y sobre el medio ambiente. Por ningún motivo se admitirán regularizaciones de edificaciones que se encuentren fuera de los límites de propiedad.

- Aquellas edificaciones con usos que no sean compatibles con la zonificación vigente y/o contravienen lo dispuesto por la Ley N.° 29090 y su reglamento. [MDSL, Ord. 331-MDSL/C, 15/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que establece beneficios para la regularización de edificaciones ejecutadas sin licencia en el distrito de San Luis

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16664.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Luis (MDSL).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 16 de junio hasta el 16 de noviembre del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda. Decreto supremo que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación.

Información relacionada:

+ Durante dos meses se podrán regularizar edificaciones ejecutadas sin licencia municipal en el distrito de San Luis. [MDSL, Ord. 247-2018-MDSL/C, 10/05/18]

Ord. 331-MDSL-C
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MML corrige varios artículos de la ordenanza que promueve el desarrollo de los mercados minoristas

Corrector ‌

Con una fe de erratas la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) corrige los errores en los artículos 6° (Definiciones), 19 (De los residuos sólidos), 21 (De las condiciones de seguridad esenciales para un mercado), 24 (Del control sanitario interno), 26 (De la manipulación de los insumos para los alimentos preparados), 32 (De las obligaciones), 35 (De las funciones y obligaciones del administrador), 54 (De las buenas prácticas ambientales), la Segunda Disposición Complementaria Final y la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ordenanza N.° 2467-2022, Ordenanza que promueve el desarrollo de los mercados minoristas y regula su funcionamiento, publicada en la edición del Diario Oficial "El Peruano" del 4 de junio del 2022. [MML, Fe de Erratas - Ord. 2467-2022, 15/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Fe de erratas Ordenanza N.° 2467-2022

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16664.

Entidad: Municipalidad Metropolitana de Lima (MML).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 15 de junio del 2022.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

*Ordenanza N.° 2467-2022, Ordenanza que promueve el desarrollo de los mercados minoristas y regula su funcionamiento.

Información relacionada:

+ Con nuevas reglas la Municipalidad de Lima promueve el desarrollo de los mercados minoristas. [MML, Ord. 2467-2022, 4/06/2022]

Fe de Erratas - Ord. 2467-2022
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Miraflores descontará hasta el 90 % de las multas administrativas

‌ Calculadora primer plano

La Municipalidad Distrital de Miraflores (MM) establece un marco normativo excepcional para la cancelación de las deudas por concepto de las multas administrativas. Podrán acogerse a estos beneficios los administrados que mantengan deuda pendiente con la municipalidad, por concepto de multas administrativas emitidas hasta el 31 de diciembre del 2021, cualquiera sea el estado en que se encuentren, inclusive estando en la etapa de cobranza coactiva, toda vez que consiste en la reducción gradual de tales sanciones. De acuerdo con esta norma, por el pago al contado se efectuará un descuento escalonado de 60 % al 90 % sobre el importe total de la multa administrativa, cualquiera sea el estado en el que se encuentre, ordinario o coactivo. El beneficio aplicará incluso para aquellas multas administrativas que registren saldos parciales, conforme al cuadro que ofrece la norma. Solo en caso de realizarse el pago al contado de la multa administrativa con el descuento escalonado de la presente ordenanza, contenida en un procedimiento de ejecución coactiva, se condonarán las costas procesales. Los beneficios estarán vigentes hasta el 31 de julio del 2022. [MM, Ord. 590/MM, 15/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que establece el saneamiento y beneficio de las multas administrativas en el distrito de Miraflores

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16664.

Entidad: Municipalidad Distrital de Miraflores (MM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 16 de junio del 2022.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Ordenanza N.° 480/MM, aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Miraflores.

Información relacionada:

+ Ya no hay necesidad de reconocer la infracción por escrito | Miraflores agiliza su régimen de incentivos para pagar multas administrativas. [MM, Ord. 574/MM, 12/09/2021]

Ord. 590-MM
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Es el pago del predial del 2022 y no del 2021: Barranco corrige un error en su ordenanza que otorga facilidades tributarias

Corrección ‌

La Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) publicó la fe de erratas de la Ordenanza N.° 574-2022-MDB, publicada en la edición del día 1 de junio del 2022 (ver Información relacionada). Según la corrección, el texto de la Octava Disposición Final y Complementaria debe decir lo siguiente:

"Octava.- Otorgar a los contribuyentes respecto a la deuda tributaria 2022 los siguientes incentivos y flexibilidades por pago anual al contado:

a) Descuento del 10% en los arbitrios municipales no vencidos del ejercicio 2022, siempre y cuando cumplan con el pago total anual incluyendo el pago de los arbitrios municipales 2022 vencidos e Impuesto Predial 2022 [no 2021] anual. (...)" (sic). [MDB, Fe de Erratas - Ord. 574-2022-MDB, 15/06/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Fe de Errata Ord. N° 574-2022-MDB

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16664.

Entidad: Municipalidad Distrital de Barranco (MDB).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 16 de junio hasta el 16 de noviembre del 2022.

Fe de erratas: Ordenanza N.° 574-2022-MDB.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ordenanza N.° 574-2022-MDB, que aprueba el programa "Barranquino, Actualiza tu Predio" que otorga incentivos tributarios para la regularización y/o actualización de declaraciones juradas tributarias y dicta otras disposiciones.

Información relacionada:

+ "Barranquino, actualiza tu predio”, el programa que busca ampliar la base tributaria y la equidad en los arbitrios. [MDB, Ord. 574-2022-MDB, 1/06/2022]

Fe de Erratas - Ord. 574-2022-MDB
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