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El sueño de la casa propia | Vivienda actualiza los valores de las viviendas y los valores del Bono del Buen Pagador
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Este domingo el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) decidió actualizar los valores de las viviendas y, de forma excepcional y temporal, los valores del Bono del Buen Pagador (BBP), conforme con lo establecido en el numeral 2.2 del artículo 2° del Reglamento de la Ley N.° 29033, Ley de Creación del Bono del Buen Pagador, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-2015-Vivienda y modificatorias. Esta actualización, precisa la norma, corresponde a la vivienda tradicional. En cuanto a los valores de dicho BBP para la vivienda sostenible, se aplica el 1.16279 UIT a los valores de BBP de la vivienda tradicional. Todos estos valores de las viviendas y del BBP mantendrán su vigencia hasta la actualización de los valores correspondientes al año 2023. La actualización, sugerida por el Fondo Mivivienda S.A., mantendrá la promoción de la articulación del Estado y de los sectores Inmobiliario y Financiero, ya que, de no mantenerse, las familias, que con gran esfuerzo ahorran para completar la cuota inicial para cumplir con las condiciones crediticias establecidas por las entidades financieras para calificar a un crédito Mivivienda, tendrán dificultades que las alejará del sueño de la casa propia. Además, a partir del establecimiento de los valores excepcionales y temporales del BBP y otras mejoras implementadas, se logró reactivar el mercado hipotecario e inmobiliario con un incremento del 51,42 % en el 2021, respecto a los Nuevos Créditos Mivivienda con BBP otorgados en el 2020, lo que representa un aumento que va de 6.511 BBP desembolsados en el año 2020 a 9.859 BBP desembolsados en el año 2021, y esta situación, generada como consecuencia del establecimiento de los valores excepcionales y temporales del BBP, adquiere relevancia, puesto que la economía peruana, reflejada a través de los ingresos de las familias pertenecientes a los diferentes niveles socio económicos, aún no se ha recuperado del todo; por eso, se mantiene la vigencia de los valores para el año 2022 ajustados a la UIT actual. [MVCS, D. S. 003-2022-Vivienda, 1/05/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Decreto supremo que actualiza los valores de las viviendas y actualiza excepcional y temporalmente los valores del Bono del Buen Pagador Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16594. Entidad: Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 2 de mayo del 2022. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 29033, que crea el Bono del Buen Pagador (BBP). Información relacionada: + Los subsidios del Estado pueden ser directos o indirectos | El MVCS aclara el concepto de Vivienda de Interés Social (VIS). [MVCS, Inf. Téc. Leg. 046-2021-Vivienda/VMVU-DGPRVU-DV-JHA-KCG, 27/07/2021] + Nuevos valores de vivienda y actualización excepcional y temporal de los valores del Bono del Buen Pagador. [MVCS, D. S. 003-2021-Vivienda, 23/01/2021] + Vivienda actualiza los valores de las viviendas y del Bono del Buen Pagador. [Vivienda, D. S. 003-2020-Vivienda, 24/01/2020]
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Nuevas reglas para acceder y generar trámites en la Plataforma Virtual de Atención al Ciudadano de San Isidro
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Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI) regula la forma y condiciones en las que los ciudadanos podrán acceder y generar trámites y servicios a través de la Plataforma Virtual de Atención al Ciudadano, con la finalidad de agilizar los procedimientos administrativos y otras solicitudes presentadas ante la comuna. Esta plataforma es una herramienta tecnológica que se pone a disposición del ciudadano y que obliga a la municipalidad a actuar conforme con los principios rectores establecidos en la Ley de Gobierno Digital, los principios del procedimiento administrativo establecidos en el TUO de la Ley N.° 27444 y los Principios del Marco de Identidad Digital del Estado Peruano establecidos en el Reglamento de la Ley de Gobierno Digital. La plataforma virtual permite el trámite de procedimientos administrativos, pago de tasas, notificaciones, así como cualquier otro servicio al ciudadano que la municipalidad considere necesario incorporar. Para las operaciones en la plataforma, los ciudadanos podrán acceder a través del portal www.munisanisidro.gob.pe utilizando la clave de acceso y código de usuario que se proporcionará en la plataforma presencial de atención o usando otro mecanismo que se habilite. La administración de los usuarios y claves de acceso estará a cargo de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la municipalidad y es responsabilidad del usuario adoptar las medidas correspondientes para evitar su uso por parte de terceros no autorizados, y de ocurrir, la municipalidad podrá restringir o suspenderlos. Los usuarios de la plataforma virtual contarán con una casilla electrónica de notificaciones, que constituye el medio de notificación de los actos administrativos y otros requerimientos de la municipalidad. [MSI, Ord. 561-MSI, 2/05/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Ordenanza que regula la Plataforma Virtual de Atención al Ciudadano de la Municipalidad de San Isidro Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16595. Entidad: Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: deroga la Ordenanza N.° 444-MSI, Ordenanza que regula la plataforma de servicios en línea de la Municipalidad de San Isidro. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 3 de mayo del 2022. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ordenanza N.° 444-MSI, que regula la plataforma de servicios en línea de la Municipalidad Distrital de San Isidro. Información relacionada: + En San Isidro, la plataforma digital servirá para hacer el descargo de notificación de infracción del procedimiento sancionador. [MSI, D. de Alc. 022-2021-ALC/MSI, 18/09/2021]
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San Isidro condonará el 100% de intereses y multas de los contribuyentes con deudas pendientes originadas en un procedimiento de fiscalización
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Para incentivar la presentación de declaraciones juradas del Impuesto Predial, en los casos de omisión y subvaluación de predios en la jurisdicción de San Isidro, cualquiera sea el estado de cobranza en el que se encuentre; la entidad edil otorga los siguientes incentivos para aquellos contribuyentes que registren adeudos como consecuencia de un procedimiento de fiscalización tributaria o uno que se encuentre en curso: - Condonación del 100% de los intereses moratorios del Impuesto Predial, arbitrios municipales y multas tributarias.
- Condonación del 25% del monto insoluto de los arbitrios municipales.
- Condonación del 100% del monto insoluto de las multas tributarias.
- Condonación del 100% de las costas y gastos procesales.
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2022. Adicionalmente, la municipalidad condona las multas tributarias pendientes de pago por las infracciones previstas en los numerales 1 y 2 del artículo 176 y el numeral 1 del artículo 178 del Código Tributario, siempre que estas sean las únicas que permanezcan pendientes de pago respecto del procedimiento de fiscalización que la generó y que no se encuentren impugnadas. [MSI, Ord. 560-MSI, 30/04/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Ordenanza que otorga incentivos para el pago de las obligaciones tributarias generadas producto de fiscalización tributaria en el distrito de San Isidro Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16594. Entidad: Municipalidad Distrital de San Isidro (MSI). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de mayo del 2022. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. * Decreto Supremo N.° 156-2004-EF, TUO de la Ley de Tributación Municipal. * Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, TUO del Código Tributario. Información relacionada: + San Isidro exonera del pago de los arbitrios a las personas vulnerables del distrito. [MSI, Ord. 559-MSI, 19/04/2022]
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Tres nuevas designaciones en Vivienda: cambios en la dirección de los programas ciudades, barrios y urbanismo
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Este último fin de semana, el Gobierno oficializó la designación en el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) de Percy Reátegui Picón, Ricardo Augusto Zapata Lozada y Jorge Antonio Huapaya Arias en los cargos de director ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades, director ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios y director de la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, respectivamente. [MVCS, R. M. 126-2022-Vivienda - R. M. 128-2022-Vivienda - R. M. 124-2022-Vivienda, 14/04/2022] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Designan director ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades Designan director ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios Designan director de la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16594. Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 14 de abril del 2022. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos. Información relacionada: + Vladimir Germán Cuno Salcedo es el nuevo director del Programa Nacional de Vivienda Rural del MVCS. [MVCS, R. M. 110-2022-Vivienda, 14/04/2022]
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