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Abril 4, 2022
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La Victoria decide erradicar el acoso callejero

‌ No acoso

Esta última ordenanza de la Municipalidad Distrital de La Victoria (MLV) tiene el objetivo de prevenir, prohibir y establecer responsabilidades y sanciones administrativas para las personas naturales y jurídicas que presenten comportamientos físicos o verbales de índole sexual en un espacio público. La norma municipal, que es de obligatorio cumplimiento para toda persona natural y jurídica de derecho público o privado con o sin fines de lucro, se aplicará en los espacios conformados por las vías públicas y zonas de recreación pública, y en los establecimientos que desarrollen actividades económicas, o en aquellos lugares con afluencia pública con fines culturales, deportivos, informativos, religiosos u otros; así como, sobre las obras en proceso de edificación dentro de la circunscripción territorial del distrito. A fin de visibilizar esta problemática e incidir de manera efectiva en su prevención y prohibición, la comuna institucionaliza la segunda semana del mes de abril de cada año como la semana del "No acoso sexual en espacios públicos". El artículo 9º de la ordenanza detalla que están prohibidas las siguientes conductas:

"Realizar todo tipo de comentarios, insinuaciones, frases, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de naturaleza o connotación sexual en contra de una u otras personas en los espacios públicos.

Realizar actos de tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación exhibicionismo y/o mostrar las partes íntimas en contra de una u otras personas en los espacios públicos.

Permitir o tolerar el titular, conductor, propietario y/o similar de establecimientos, obras en construcción; todo tipo de comentarios insinuaciones, frases, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de naturaleza o connotación sexual en contra de una u otras personas en los espacios públicos.

Permitir o tolerar el titular, conductor, propietario y/o similar de establecimientos, obras en construcción; la realización de tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación exhibicionismo y/o mostrar las partes íntimas en contra de una u otras personas en los espacios públicos" (sic).

Por otro lado, los titulares, conductores, propietarios y/o similares de establecimientos, obras en proceso de edificación y empresas de transporte público están obligados a cautelar el respeto hacia las personas, en especial cuando se trata de mujeres, niñas, niños y adolescentes, evitando el acoso sexual en espacios públicos, también tienen la obligación de prestar la capacitación necesaria al personal bajo cargo relacionada con este tema, instando a sus dependientes a que se abstengan de realizar dichos actos pues se les sancionará con multas administrativas. [MLV, Ord. 386/MLV, 4/04/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que previene, prohíbe y sanciona el acoso sexual en espacios públicos, ejercido en contra de las personas que entran o transiten en el distrito de La Victoria

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16549.

Entidad: Municipalidad Distrital de La Victoria (MLV).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 5 de abril del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 30314, Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos.

Información relacionada: ninguna.

Ord. 386-MLV
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Sube el sueldo mínimo | A partir de mayo la remuneración mínima será de S/ 1 025

Lego estadistico ‌

Este último domingo, el Ejecutivo oficializó el aumento del sueldo mínimo de S/ 930 a S/ 1 025, media que beneficia a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Así, la remuneración sube tras cuatro años y lo hace en S/ 95. Sin embargo, el incremento tendrá eficacia a partir del 1 de mayo de 2022. [MTPE, D. S. 003-2022-TR, 3/04/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Decreto supremo que incrementa la remuneración mínima vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16548.

Entidad: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de mayo del 2022.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Convenios 26 y 99 de la Organización Internacional del Trabajo y ratificados por las resoluciones legislativas N.° 14033, del 4 de abril de 1962, y 13284, del 1 de febrero de 1960.

Información relacionada: ninguna.

D. S. 003-2022-TR
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Reglamento de fraccionamiento de deudas tributarias de la Municipalidad Distrital de Punta Negra

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La Municipalidad Distrital de Punta Negra (MDPN) oficializó su Reglamento de fraccionamiento de deudas tributarias, que consta de siete capítulos, veintinueve artículos, cuatro disposiciones complementarias y finales, un formato de solicitud de fraccionamiento, un formato de resolución de fraccionamiento y un formato de resolución de pérdida de fraccionamiento. Y dentro de este proceso, encarga a la Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria, Sub Gerencia de Logística e Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en este decreto de alcaldía, de acuerdo con sus competencias. [MDPN, D. de Alc. 003-2022/AL/MDPN, 3/04/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban el Reglamento de fraccionamiento de deudas tributarias

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16548.

Entidad: Municipalidad Distrital de Punta Negra (MDPN).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 4 de abril del 2022.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N.° 133-2013-EF.

Información relacionada: ninguna.

D. S. 003-2022-TR
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