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Marzo 31, 2022
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Cuando pase la fiscalización | La Victoria aplicará descuentos de hasta el 100 % del interés moratorio, gastos administrativos y costas coactivas en el pago de las multas administrativas

Cálculo ‌

Con esta ordenanza, la Municipalidad Distrital de La Victoria (MDLV) otorga beneficios para la cancelación de las deudas no tributarias, es decir, beneficios para el pago de las multas administrativas determinadas en su jurisdicción. La multa administrativa es una obligación no tributaria que sobreviene de un procedimiento administrativo sancionador seguido por la Sub Gerencia de Fiscalización y Control. El beneficio administrativo entrará en vigencia a partir de mañana y regirá hasta el 30 de abril del 2022. Según el artículo tercero de esta norma municipal, los administrados podrán acceder a:

(1) Descuentos del 100 % del interés moratorio, gastos administrativos y costas coactivas.

(2) Un descuento del valor total de la multa impuesta o del saldo que quedase, conforme a un cuadro adjunto.

Los administrados que se acojan al beneficio dispuesto por la presente ordenanza reconocen tácitamente la comisión de la infracción y aceptan la sanción impuesta que originó las multas administrativas objeto de pago; por eso, no podrán presentar reclamo o solicitud de devolución alguna. El pago de las multas administrativas no libera al infractor de la subsanación o regularización del hecho que originó la sanción, es decir, la medida complementaria es ejecutable, siempre y cuando no se haya regularizado la conducta infractora. [MDLV, Ord. 390/MLV, 31/03/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que establece beneficios para el pago de multas administrativas en el distrito de La Victoria

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16543.

Entidad: Municipalidad Distrital de La Victoria (MDLV).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de abril hasta el 30 de abril del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 018-2008-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva.

Información relacionada:

+ La Victoria aprueba su Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS). [MLV, Ord. 382/MLV, 29/10/2021]

Ord. 390-MLV
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San Miguel ofrece la condonación de multas e intereses en deudas tributarias generadas por fiscalizaciones

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Todos aquellos contribuyentes del distrito de San Miguel sobre los que, producto de un procedimiento de fiscalización tributaria iniciado con un requerimiento de la administración tributaria, se haya determinado diferencias en el pago de sus tributos debido a su condición de omisión o subvaluación en la presentación de su declaración jurada del Impuesto predial o respecto de algún parámetro para el cálculo de los arbitrios municipales, podrán acceder a los siguientes beneficios:

  1. Condonación del 90 % de la multa tributaria que corresponda como consecuencia del procedimiento de fiscalización tributaria.
  2. Condonación de los reajustes, moras e intereses de las diferencias en el importe de los tributos generados como consecuencia del procedimiento de fiscalización tributaria.
  3. Condonación del 50 % de los arbitrios municipales generados como consecuencia del procedimiento de fiscalización tributaria.
  4. Condonación del 100 % de costas y gastos procesales de toda deuda administrativa y tributaria, constituyendo una excepción el hecho de que la obligación se encuentre con medidas cautelares efectivas por embargo de retención total, previa comunicación del banco, como consecuencia del proceso de ejecución coactiva.

De acuerdo con la presente ordenanza, los beneficios estarán vigentes hasta el 30 de abril del 2022. [MDSM, Ord. 455-MDSM, 31/03/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que establece beneficios tributarios para el pago de tributos generados como producto de un procedimiento de fiscalización tributaria

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXIX, N.° 16543.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Miguel (MDSM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de abril del 2022.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario.

Información relacionada:

+ San Miguel otorgará beneficios tributarios para el pago de deudas tributarias y administrativas hasta el 30 de noviembre. [MDSM, Ord. 450/MDSM, 19/11/2021]

Ord. 455-MDSM
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