Version web | Darse de baja | actualizar perfil
‌
logoLEx
Febrero 15, 2022
‌
‌
‌
‌
‌

La Sunarp enseña cómo se tramitan los pedidos de cierre de partidas por duplicidad en el Registro de Predios

‌ Idea 2

Tal como explican los considerandos de esta norma, la duplicidad de partidas es un defecto de técnica registral que atenta contra el principio de especialidad previsto en el artículo 2017-A del Código Civil. Este tipo de casos se encuentra asociado con la apertura de más de una partida registral por cada bien o persona inscrita y, además, tratándose del Registro de Predios, a patologías como la ocurrencia de superposiciones gráficas totales o parciales de predios colindantes. Sobre esto, la Dirección Técnica, como órgano de segunda instancia administrativa ante los casos de duplicidad de partidas en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), identificó criterios discrepantes entre las unidades registrales sobre ciertas casuísticas asociados con la aplicación de normas especiales en la determinación de un supuesto de duplicidad, así como a situaciones propias del trámite referidas a la emisión de informes técnicos, notificaciones e inhabilitación administrativa. Bajo el marco del Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Públicos N.° 126-2012-Sunarp, la Superintendencia dicta estos lineamientos para facilitar a las unidades registrales el trámite de las solicitudes de cierre de partidas por duplicidad en el Registro de Predios, mediante la identificación y desarrollo de cierta casuística en el marco de las disposiciones legales vigentes, a fin de fortalecer la predictibilidad y propiciar una mejora en los plazos de respuesta a los administrados. [Sunarp, R. 008-2022-Sunarp/DTR, 15/02/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban lineamientos para el procedimiento de cierre de partidas por duplicidad en el registro de predios

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16472.

Entidad: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 16 de febrero del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 002-2022-Sunarp/SNV.

Información relacionada:

+ Las reglas de la Sunarp para uniformizar la evaluación técnica y emisión del informe técnico en los actos de inscripción registral. [Sunarp, R. 023-2021-Sunarp/DTR, 24/07/2021]

+ La nueva directiva de la Sunarp ordena todas las reglas para emitir informes técnicos en procedimientos de inscripción y de catastro. [Sunarp, R. M. 178-2020-Sunarp/SN, 10/12/2020]

R. 008-2022-Sunarp-DTR
‌
‌
‌
‌
‌

La reorganización interna | Vivienda delega (redistribuye) funciones y facultades en altas autoridades del Sector

Contratado ‌

Esta resolución ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) modifica el literal e del numeral 1.2 del acápite I, el literal c del acápite II, los literales b, c y h del numeral 3.2 del acápite III, el acápite IV; el literal t del numeral 5.1 y los literales f y g del numeral 5.2 del acápite V, el acápite XI; el numeral 14.2 del acápite XIV del Anexo 1 de la Resolución Ministerial N.° 007-2020-Vivienda. Los cambios se realizan, entre otros, para delegar en el viceministro de Construcción y Saneamiento y en la viceministra de Urbanismo las facultades de autorizar las contrataciones y suscribir el Anexo N.° 01 "Términos de Referencia del Servicio", así como autorizar las prórrogas o renovaciones de los contratos de locación de servicios, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público (FAG), que se requieran en sus respectivos despachos y en los órganos de línea y programas dependientes de cada una de estas instancias, en el marco del Decreto Ley N.° 25650. Además, podrán autorizar las prestaciones adicionales de obra menores o iguales al 15 % del monto del contrato original, de acuerdo con el artículo 90 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo N.° 071-2018-PCM. También se delegan facultades en el secretario general, el director general de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el director de la Oficina General de Administración. [MVCS, R. M. 048-2022-Vivienda, 15/02/2022]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Aprueban lineamientos para el procedimiento de cierre de partidas por duplicidad en el registro de predios

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16472.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica la Resolución Ministerial N.° 007-2020-Vivienda.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 16 de febrero del 2022.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Resolución Ministerial N.° 007-2020-Vivienda.

Información relacionada:

+ MVCS aprueba su Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022. [MVCS, R. M. 402-2021-Vivienda, 30/12/2021]

R. M. 048-2022-Vivienda
‌
‌
‌
‌
‌
LEX SOLUCIONES│Nuestro trabajo es la sistematización, estudio y desarrollo de los contenidos legales que regulan la gestión diaria de profesionales y de empresas, tanto del sector legal como de los distintos ámbitos empresariales.
logo-lex-web
LEX Soluciones