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Diciembre 29, 2021
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Municipalidades de Chorrillos, Barranco y Bellavista aprueban sus regímenes tributarios para el 2022

Aprobado (2) ‌

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) aprueba el Acuerdo de Concejo N.° 455, que ratifica la Ordenanza N.° 417-2021/MDCH, que establece el Régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo del ejercicio 2022 en el distrito de Chorrillos, mantiene con ello la aplicación de las tasas aprobadas y ratificadas para el ejercicio 2021, reajustadas con el Índice de Precios al Consumidor de 3,18 %, correspondiente al mes de julio del 2021. Por su parte, la Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM) aprueba la Ordenanza N.° 648-MDJM y el Acuerdo N.° 440 y su anexo, normas con las que establece el régimen tributario de arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, mantenimiento de parques y jardines y seguridad ciudadana para el ejercicio 2022. La Municipalidad Distrital de Bellavista (MDB), en la misma línea, publica las ordenanzas números 018 y 019-2021-MDB y los acuerdos números 070 y 071-2021-AC/MPC (con un informe técnico), que aprueban el Régimen tributario de los arbitrios municipales "barrido y baldeo de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo" para el ejercicio 2022. [MML, MDJM, MDB, Ord. 417-2021-MDCG y Ac. 455-MML; Ord. 648-MDJM y Ac. 440; Ord. 018 y 019-2021-MDB y Ac. 070 y 071-2021-AC/MPC, 29/12/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

- Ordenanza que establece la aplicación del IPC a los importes de los arbitrios municipales, serenazgo, parques y jardines, recolección de residuos sólidos y barrido de calles para el Ejercicio 2022

- Ordenanza que aprueba el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, mantenimiento de parques y jardines y seguridad ciudadana para el Ejercicio 2022

- Ordenanza que aprueba el Régimen tributario de los arbitrios municipales "barrido y baldeo de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo" para el ejercicio 2022 / Ordenanza que prorroga para el ejercicio 2022 lo dispuesto en el artículo primero de la Ordenanza N.° 011-2020-MDB, que establece el derecho de emisión mecanizada, fechas de vencimiento para el pago y beneficio por pronto pago del Impuesto Predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2021

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16391.

Entidad: Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), Municipalidad Distrital de Jesús María, Municipalidad Distrital de Bellavista.

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de enero del 2022.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario.

Información relacionada:

+ Lima ratifica 203 derechos de trámite para 200 procedimientos y servicios prestados en exclusividad de Chorrillos. [MML, Ac. 218, 20/07/2021]

+ Municipalidades de Lima, Barranco y Surquillo aprueban sus regímenes tributarios para el 2022. [MML, Ord. 2417-2021, Ord. 560-2021-MDB (Anexo), Ord. 491-MDS y Ac. 411-MML (Anexo), 22/12/2021]

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San Miguel incentiva el pago adelantado de arbitrios del 2022 con descuento del 10 %

‌ porcentaje

Como una medida de apoyo a la situación económica que atraviesan los vecinos por la COVID-19, la Municipalidad Distrital de San Miguel aprueba los siguientes descuentos para el pago adelantado del total de los arbitrios del ejercicio 2022:

a) 10 % para los contribuyentes que no tengan deudas tributarias hasta el 31 de diciembre de 2021.
b) 5 % para los contribuyentes que tengan deudas tributarias de años anteriores.

Dichos descuentos serán aplicables sobre el monto insoluto de los arbitrios municipales de los meses de enero a diciembre del 2022, siempre que el pago se realice en su totalidad hasta el 28 de febrero del 2022. Estos beneficios no se aplicarán a los contribuyentes propietarios que gocen de la reducción del 50 % de los arbitrios municipales por su condición de pensionistas. [MDSJL, Ord. 453/MDSM, 29/12/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que aprueba incentivos tributarios por pronto pago de arbitrios del ejercicio 2022

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16391.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Miguel (MDSM)

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de enero del 2022.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Decreto Supremo N.° 133-2013- EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario.

Información relacionada:

+ San Miguel mantendrá en el 2022 el costo de S/ 5,40 por el pago del derecho de emisión mecanizada, actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio. [MDSM, Ord. 448/MDSM, 21/12/2021]

Ord. 453-MDSM
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