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Diciembre 21, 2021
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Minjus aprueba la Sección Primera del ROF de la Sunarp

‌ Aprobado (2)

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), documento que consta de tres títulos y cuarenta y cinco artículos. Esta sección se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano www.gob.pe y en las sedes digitales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos www.gob.pe/minjus; así como en las de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos www.gob.pe/sunarp. El decreto que aprueba la sección entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de la Sunarp que apruebe, a su vez, la Segunda Sección, con excepción de la Segunda Disposición Complementaria Final, que entrará en vigencia a partir de mañana. A partir de la vigencia del presente decreto se derogará el Decreto Supremo N.° 012-2013-JUS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp). (Minjus, D. S. 018-2021-JUS, 21/12/2021)

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Decreto supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 15376.

Entidad: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de diciembre del 2021.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 26366, que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos.

* Decreto Supremo N.° 012-2013-JUS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp.

Información relacionada:

+ La línea entre el regalo y el soborno | Nuevo código de ética para los trabajadores de la Sunarp. [Sunarp, R. 173-2020-Sunarp/SN, 11/12/2020]

D. S. 018-2021-JUS
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La Molina extiende hasta el 30 de diciembre los descuentos para el pago del Impuesto Predial y arbitrios

Calendario días ‌

Ante la respuesta positiva de los contribuyentes que accedieron a los beneficios tributarios otorgados a través de la Ordenanza N.° 418/MDLM, y dada la proximidad del plazo de vencimiento establecido para la norma precitada, la Municipalidad Distrital de La Molina prorroga hasta el día 30 de diciembre del 2021 el plazo que estipula el artículo sexto de la Ordenanza N.° 418/MDLM, prorrogado, además, mediante el Decreto de Alcaldía N.° 010-2021/MDLM. [MDLM, D. de Alc. 011-2021/MDLM, 21/12/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Prorrogan plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N.° 418/MDLM, mediante la cual se otorgaron beneficios tributarios

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 15376.

Entidad: Municipalidad Distrital de La Molina (MDLM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de diciembre del 2021.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Ordenanza N.° 418/MDLM, que establece beneficios tributarios a los contribuyentes del distrito de La Molina a efectos de mitigar el impacto social y económico generado a causa del COVID-19, así como también impulsar el cumplimiento de pago voluntario de obligaciones tributarias.

Información relacionada:

+ La Molina condonará intereses moratorios a los vecinos que paguen el Impuesto Predial y los arbitrios hasta el 20 de noviembre. [MDLM, Ord. 418/MDLM, 22/11/2021]

D. de Alc. 011-2021-MDLM
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San Miguel mantendrá en el 2022 el costo de S/ 5,40 por el pago del derecho de emisión mecanizada, actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio

‌ Hipoteca

La Municipalidad Distrital de San Miguel (MDSM) emite la ordenanza que prorroga para el ejercicio 2022, la vigencia de los montos por derecho de emisión mecanizada, de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio, fijados mediante la Ordenanza N° 396/MDSM ratificada por el Acuerdo de Concejo N° 342/MML. En este sentido, para el ejercicio 2021 se fija en S/ 5,40 el monto para el concepto de derecho de emisión mecanizada, de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio, correspondiendo S/ 0,90 por cada predio adicional, tal como lo establece la Ordenanza N.° 396/MDSM. [MDSM, Ord. 448/MDSM, 21/12/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Prorrogan para el Ejercicio Fiscal 2022 la vigencia de los montos del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial 2021 y su distribución a domicilio en el distrito de San Miguel, fijados por la Ordenanza N.° 396/MDSM”

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 15376.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Miguel (MDSM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: prorroga para el ejercicio 2022, la vigencia de los montos por derecho de emisión mecanizada, de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio, fijados mediante Ordenanza N.° 396/MDSM ratificada por el Acuerdo de Concejo N.° 342/MML.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de diciembre del 2021.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario.

* Ordenanza N.° 396/MDSM ratificada por el Acuerdo de Concejo N.° 342/MML.

Información relacionada:

+ El pago por derecho de emisión mecanizada, de actualización de valores, de determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio en San Miguel se mantiene en S/ 5,40 para el 2021. [MDSM, Ord. 420/MDSM, 14/11/2020]

Ord. 448-MDSM
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San Miguel fija para el ejercicio fiscal 2022 las mismas tasas de arbitrios municipales aplicables en el 2020

Lego estadistico ‌

La Municipalidad Distrital de San Miguel (MDSM) fija para el ejercicio fiscal 2022, las mismas tasas de arbitrios municipales determinados para el ejercicio fiscal 2020, aprobadas mediante la Ordenanza N.° 394/MDSM, de manera tal que no se incrementen las tasas de arbitrios municipales aprobadas mediante la Ordenanza N.° 422/MDSM, y facilitar, con ello, el cumplimiento oportuno en el pago de sus obligaciones tributarias. [MDSM, Ord. 451/MDSM, 21/12/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Fijan para el Ejercicio Fiscal 2022 las mismas tasas de arbitrios municipales determinados para el Ejercicio Fiscal 2020, aprobados mediante Ordenanza N.° 394/MDSM, en favor de contribuyentes del distrito

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 15376.

Entidad: Municipalidad Distrital de San Miguel (MDSM).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de diciembre del 2021.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario.

Información relacionada:

+ San Miguel otorgará beneficios tributarios para el pago de deudas tributarias y administrativas hasta el 30 de noviembre. [MDSM, Ord. 450/MDSM, 19/11/2021]

Ord. 451-MDSM
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