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En el marco de la Ordenanza N° 414-MSI, que regula el servicio de transporte de entrega rápida de productos a través de vehículos menores motorizados y no motorizados en el distrito, la Municipalidad de San Isidro decide sancionar con medida de internamiento del vehículo menor que traslada o comercializa combustibles líquidos o gas licuado de petróleo (GLP). En otro extremo, también sanciona con clausura temporal a las piscinas de uso colectivo que no cuenten con la certificación vigente de aprobación sanitaria, emitida por la autoridad de salud competente; o, por obtener la piscina de uso colectivo, la calificación sanitaria de “No saludable” por parte de la autoridad de salud competente. Estas medidas modifican las ordenanzas N°s 414-MSI y 395-MSI. [MSI, Ord. 464-MSI, 23/10/2017]
Ficha:
Entrada en vigencia: Desde el 24 de octubre del 2017.
Modificaciones y derogaciones: Modifican la Ordenanza N° 414-MSI y la Ordenanza N° 395-MSI.
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