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Son 15 días hábiles y no calendario los que tiene Jesús María para resolver la conformidad de obra y declaratoria de edificación sin variaciones (modalidades B, C y D)
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La Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJM), mediante la Ordenanza N.° 645-MDJM, publicada el 9 de setiembre del 2021 (Ver información relacionada), oficializó los procedimientos administrativos que se encuentran bajo la competencia de su Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano, y cuyos derechos de trámite fueron ratificados con el Acuerdo del Concejo N.° 309 de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), publicado en la misma fecha. Sin embargo, la comuna detecta un error en los procedimientos administrativos de Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación sin variaciones, en las modalidades B, C y D, aprobados y signados con los números 12.88, 12.89 y 12.90, respectivamente, pues establecen un plazo de 15 días calendario en lugar de 15 días hábiles para resolverlos, tal como regula el literal 78.5 del artículo 78 del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación aprobado por el Decreto Supremo N.° 029-2019-Vivienda. Así, para corregir, el yerro, la municipalidad dicta este decreto de alcaldía que modifica la ordenanza arriba citada y encarga a su Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación de la norma completa (incluido su anexo) en el portal institucional www.munijesusmaria.gob.pe y en el portal del Estado peruano www.peru.gob.pe. [MDJSM, D. de Alc. 014-2021-MDJM, 5/12/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Modifican procedimientos administrativos de competencia de la Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano de la Municipalidad Distrital de Jesús María Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16351. Entidad: Municipalidad Distrital de Jesús María (MDJSM). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: modifica la Ordenanza N.° 645-MDJM. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 6 de noviembre del 2021. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ordenanza N.° 645-MDJM, que aprueba los procedimientos administrativos de competencia de la Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano de la Municipalidad Distrital de Jesús María. Información relacionada: + Licencias, modificaciones de proyectos… | Jesús María aprueba procedimientos de competencia de la Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano. [MDJM, Ord. 645-MDJM, 9/09/2021]
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San Isidro, Miraflores y Lince oficializan sus costos tributarios por arbitrios, parques y jardines y serenazgo para el 2022
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Este último domingo, en dos Separatas Especiales de la Sección de Normas Legales del Diario Oficial "El Peruano", tanto la Municipalidad Distrital de Miraflores como la de San Isidro cumplieron con publicar las ordenanzas que aprueban el régimen tributario de los arbitrios de limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos) parques y jardines públicos y serenazgo (seguridad ciudadana) para el ejercicio 2022 en sus respectivas jurisdicciones. Se trata de las ordenanzas números 575/MM y 545-MSI, ratificadas por los acuerdos de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) números 414 y 413, respectivamente. En otro extremo, con la Ordenanza N.° 579/MM, la Municipalidad Distrital de Miraflores (MM) fija el monto del derecho por emisión mecanizada de la actualización de valores, determinación de tributos y distribución a domicilio del Impuesto Predial y arbitrios municipales del año 2022. En el mismo sentido, el día sábado, la Municipalidad Distrital de Lince (MDL) también oficializó su Ordenanza N.° 460-2021-MDL, ratificada con el Acuerdo N.° 410-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), que prorroga los arbitrios de barrido de calles recolección de residuos sólidos parques y jardines públicos y serenazgo para el año 2022. [MM, Ord. 575/MM, Ord. 579/MM, 5/12/2021. MSI. Ord. 545-MSI y Ac. de Concejo 413, 5/12/2021. MDL, Ord. 460-2021-MDL y Ac. de Concejo 410, 4/12/2021. MML, Ac. de Concejo 414-MML, 5/12/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Ordenanza que aprueba el régimen tributario de los arbitrios correspondientes a los servicios de barrido de calles recolección de residuos sólidos parques y jardines y seguridad ciudadana del ejercicio 2022 Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16351. Entidad: Municipalidades distritales de San Isidro (MSI), Miraflores (MM) y Lince (MDL). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 1 de enero del 2022. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Artículo 40 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Información relacionada: + San Isidro aprueba régimen tributario de arbitrios y seguridad ciudadana para el 2020. [MSI, Ord. 506-MSI, 19/12/2019] + Miraflores aprueba el régimen tributario de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines públicos y serenazgo para el 2021. [MML, Ord. 553/MM, 6/12/2020] + Lince condonará el 100 % de intereses, reajustes, gastos administrativos y costas a contribuyentes si se cancelan las obligaciones por Impuesto Predial, arbitrios y multas. [MDL, Ord. 463-2021-MDL, 5/11/2021]
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Gino Alejandro Trejo Maguiña es el nuevo gerente general de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
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El Ejecutivo, luego de dejar sin efecto la designación de la abogada Jaqueline Guadalupe Perales Olano, designó a partir del 6 de diciembre del 2021 al abogado Gino Alejandro Trejo Maguiña en el cargo de confianza de gerente general de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN). [SBN, R. 0116-2021/SBN, 5/12/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Designan gerente general de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16351. Entidad: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 6 de noviembre del 2021. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos. Información relacionada: + José Felisandro Mas Camus es el nuevo director de Normas y Registro de la SBN. [SBN, R. 099-2021/SBN, 4/11/2021]
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