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Sin espacio para el piropo | Ventanilla previene, prohíbe y sanciona el acoso sexual callejero en los espacios públicos y en las obras de construcción
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Este sábado pasado, la Municipalidad Distrital de Ventanilla (MDV) dictó una ordenanza que previene, prohíbe y sanciona el acoso sexual ejercido en contra de personas que se encuentren en un espacio público y/o transiten por establecimientos comerciales y/u obras en edificación ubicados en su jurisdicción. El texto íntegro de la norma, que consta de IX títulos, II capítulos, diecinueve artículos, cuatro disposiciones complementarias, transitorias y finales, será publicada en la página Web municipal www.muniventanilla.gob.pe, de acuerdo con lo que establece el artículo 9° del Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS. El alcalde queda facultado para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la ordenanza. [MDV, Ord. Mun. 019-2021-MDV, 20/11/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Ordenanza municipal que previene, prohíbe y sanciona el acoso sexual en espacios públicos ejercido en contra de personas que se encuentren en un espacio público y/o transiten por establecimientos comerciales y/u obras en edificación en el distrito de Ventanilla Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16323. Entidad: Municipalidad Distrital de Ventanilla (MDV). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 20 de noviembre del 2021. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Artículo 9° del Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS. Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general. Información relacionada: * MTPE fija lineamientos del servicio de orientación y acompañamiento para los casos de hostigamiento sexual "Trabaja Sin Acoso". [MTPE, R. M. 222-2019-TR, 21/09/2019]
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Diez procedimientos y un servicio en exclusividad estandarizados de inspecciones técnicas de seguridad para edificaciones en Barranco
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La Municipalidad Distrital de Barranco (MDB) oficializó la modificación de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante la Ordenanza N.° 391-MDB y ratificado por el Acuerdo de Concejo N.° 2474-MML, a fin de adecuarse a las disposiciones que dicta el Decreto Supremo N.° 200-2021-PCM y el Decreto Supremo N.° 043-2021-PCM en lo referido a la incorporación de doce procedimientos administrativos estandarizados de licencia de funcionamiento y de licencia provisional de funcionamiento para bodegas; así como, diez procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, correspondientes al TUPA de la Subgerencia de Comercialización y de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, respectivamente. [MDB, D. de Alc. 015-2021-MDB, 20/11/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Barranco Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16323. Entidad: Municipalidad Distrital de Barranco (MDB). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 20 de noviembre del 2021. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ordenanza N.° 391-MDB. Aprueban los procedimientos, servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la municipalidad. Información relacionada: + Barranco aprueba reconversión de los nuevos términos porcentuales de las tarifas contenidas en su TUSNE y en su TUPA. [MDB, D. de Alc. 002-2018-MDB, D. de Alc. 003-2018-MDB, 14/04/2018]
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Descuento adicional del 5% si paga por internet | Hasta el 23 de diciembre Pueblo Libre condonará el 100% de intereses, costas y gastos y multas tributarias
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La Municipalidad Distrital de Pueblo Libre (MPL) establece un Régimen Especial Extraordinario de Beneficios Tributarios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al Impuesto Predial, arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines, serenazgo y multas tributarias, que se encuentren vencidas o por vencer a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, de acuerdo con las condiciones que establece. El plazo para acogerse a los beneficios que concede la presente ordenanza vence el día 23 de diciembre del 2021. En el detalle, los contribuyentes que cancelen sus obligaciones tributarias dentro de la vigencia de la presente norma tendrán los siguientes beneficios: a) Condonación del 100 % de intereses moratorios y reajustes correspondientes a la obligación respecto de la cual se efectúe el pago.
b) Condonación del 100 % de costas y gastos procesales, siempre que se cancele el total de las obligaciones sujetas al procedimiento de ejecución coactiva al cual correspondan.
c) Condonación del 100 % de las multas tributarias que se generen o hayan generado con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente norma, siempre que cancelen o hayan cancelado el Impuesto Predial del ejercicio fiscal por el cual se impuso la multa, y se cumpla o haya cumplido con regularizar dicha obligación de tipo formal.
Adicionalmente, los contribuyentes que realicen su pago a través del portal institucional www.muniplibre.gob.pe, se les descontará el 5% en el monto insoluto mensual de los arbitrios municipales del ejercicio 2021. [MPL, Ord. 596-MPL, 21/11/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Establecen Régimen Especial Extraordinario de Beneficios Tributarios Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16325. Entidad: Municipalidad Distrital de Pueblo Libre (MPL). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de noviembre del 2021. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. * Decreto Supremo N.° 133- 2013-EF, TUO del Código Tributario. Información relacionada: + Pueblo Libre extiende el plazo para acogerse al "Régimen especial de beneficios extraordinarios". [MPL, D. de Alc. 014-2021-MPL, 20/08/2021]
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Ana Cecilia Talavera Aguirre asume la dirección de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del MVCS
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Hoy 22 de noviembre se publica la resolución ministerial que designa a Ana Cecilia Talavera Aguirre en el cargo de directora de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), con reserva de la plaza de origen. La resolución dispone que la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos realice las acciones que correspondan para la reserva de la plaza del cargo de directora de Sistema Administrativo II Nivel F-3 del Órgano de Control Institucional del MVCS. [MVCS, R. M. 373-2021-Vivienda, 22/11/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Designan directora de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del ministerio Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16326. Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 22 de noviembre del 2021. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos. Información relacionada: + Juan Carlos Jurado Villanueva asume el cargo de director ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del MVCS. [MVCS, R. 318-2021-Vivienda, 6/10/2021]
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Francisco Javier Caro Calderón es el nuevo director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS
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El Gobierno designó a Francisco Javier Caro Calderón en el cargo de director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. [MVCS, R. M. 370-2021-Vivienda, 21/11/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Designan director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16325. Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 26 de octubre del 2021. Fe de erratas: ninguna. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos. Información relacionada: + El área general de planeamiento y presupuesto del MVCS tiene dos nuevos directores. [MVCS, R. 312-2021-Vivienda y R. 314-2021-Vivienda, 5/10/2021]
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