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Noviembre 9, 2021
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La Norma G.040 de Edificaciones | Así se calcula el área techada requerida para proyectos de habilitación urbana y sobre el valor del inmueble que responde a las VIS

‌ Ingeniero (lego)

Opinión vinculante | Vivienda. El 24 de octubre del año 2019, con esta opinión vinculante, la autoridad de vivienda estableció que el porcentaje de área techada señalada en el Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación, según el cual, "el proyecto de edificación debe desarrollar no menos del 50 % de área techada exclusivamente para Vivienda de Interés Social [VIS], debe tomar en cuenta las definiciones de la Norma G.040 del RNE [Reglamento Nacional de Edificaciones] sobre área techada, cuyo cálculo hace referencia a 'los límites de la poligonal del techo que encierra cada piso', los que a su vez en la misma norma hace referencia al área habitable. En tal sentido, las áreas techadas referidas al cálculo del porcentaje requerido (no menos del 50 % del área techada), deberán considerar en el cálculo, solo las áreas techadas destinadas a vivienda" (sic). Sobre este punto, es necesario indicar que el numeral 9.3 del artículo 9° del reglamento citado arriba y bajo análisis se modificó el 22 de enero del 2020 a través del Decreto Supremo N.° 002-2020-Vivienda; sin embargo, el nuevo texto, en esencia, guarda coherencia con lo que analiza esta opinión. (Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo Hernán Navarro Franco). [MVCS, Inf. Téc. Leg. 006-2019-Vivienda-VMVU-DGPRVU-DV-EMJ-AMBR, 9/04/2019]

Ficha legal de la noticia:

Base legal interpretada o analizada:

* Norma Técnica G.040 del Reglamento Nacional de Edificaciones.

* Numeral 9.3 del artículo 9° del Decreto Supremo N.° 010-2018-Vivienda.

Entidad o persona comprometida: Alfonso De la Piedra Del Río.

Valores agregados LEX:

Concordancias:

* Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación, aprobado por el Decreto Supremo N.° 010-2018-Vivienda.

Información relacionada:

+ Vivienda modifica la Norma Técnica G.040, Definiciones, del Título I – Generalidades del Reglamento Nacional de Edificaciones. [MVCS, R. M. 029-2021-Vivienda, 29/01/2021]

Inf. Téc. Leg. 006-2019-Vivienda-VMVU-DGPRVU-DV-EMJ-AMBR (pdf)
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Hasta fin de año es el plazo para que los contribuyentes de Comas se acojan al descuento en el pago de multas del 2020

Oficial 2021 ‌

La Quinta Disposición Complementaria Transitoria Final de la Ordenanza Municipal N.° 619/MDC dispuso "Aprobar el beneficio de descuento en multas administrativas de las notificaciones de infracción con resolución de sanción emitidas hasta el 31 de setiembre del 2020, las cuales podían ser canceladas hasta el 31 de setiembre del 2021" (sic). Sobre esto, al encontrarse próximo el vencimiento de la fecha tope, la Municipalidad Distrital de Comas (MDC) reactiva con eficacia anticipada al 1 de octubre del 2021 y prorroga hasta el 31 de diciembre del 2021 el plazo de vigencia del beneficio de descuento de las multas administrativas emitidas hasta el 31 de diciembre del 2020. [MDC, D. de Alc. 19-2021-AL/MDC, 9/11/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Reactivan y prorrogan el plazo de vigencia del beneficio de descuento de las multas administrativas dispuesto por Ordenanza Municipal N.° 619/MDC

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16302.

Entidad: Municipalidad Distrital de Comas (MDC).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 10 de noviembre del 2021.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Ordenanza Municipal N.° 619/MDC, aprobó el "Nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas, modifica la Ordenanza Municipal N.° 598/MDC y beneficios de descuentos para multas administrativas".

Información relacionada:

+ Comas aprueba su nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y otorga descuentos por el pago de multas administrativas. [MDC, Ord. 619/MDC (Anexos), 15/09/2021]

D. de Alc. 19-2021-AL-MDC
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Víctor Mhijaylo Yovani Quintanilla Navarro es el nuevo asesor II de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

‌ Seguimiento

El día de hoy se oficializó la designación de Víctor Mhijaylo Yovani Quintanilla Navarro en el cargo de asesor II de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). La resolución lleva la firma del titular del sector Geiner Alvarado López. [MVCS, R. M. 359-2021-Vivienda, 9/11/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Designan asesor II de la Secretaría General del ministerio

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16302.

Entidad: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 26 de octubre del 2021.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos.

Información relacionada:

+ Juan Carlos Jurado Villanueva asume el cargo de director ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del MVCS. [MVCS, R. 318-2021-Vivienda, 6/10/2021]

R. M. 359-2021-Vivienda
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