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Noviembre 5, 2021
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Cómo limpiar la ciudad | Lima saca a consulta pública por diez días su virtual reglamento de supervisión ambiental

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Con esta resolución de alcaldía se dispone la publicación del proyecto del "Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima" en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) con la finalidad de recibir aportes, comentarios y/o sugerencias de acuerdo con los mecanismos de participación siguientes:

2.1 Aportes por escrito: los interesados podrán remitir sus aportes a la sede central de la institución ubicada en Jirón Conde de Superunda N.° 169 - 4to. Piso, Cercado de Lima.

2.2 Aportes en línea: los interesados podrán remitir sus aportes al siguiente correo electrónico: jovana.briones@munlima.gob.pe

La recepción de los aportes mediante los mecanismos señalados en los numerales 2.1 y 2.2 se efectuará por un plazo de diez días hábiles contados desde mañana.

Ahora bien, el virtual reglamento establecería las disposiciones y criterios técnicos para regular y uniformizar el ejercicio de la función de supervisión de la Municipalidad Metropolitana de Lima en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y del Sistema Metropolitano de Gestión Ambiental (SMGA). [MML, R. de Alc. 347, 5/11/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Disponen la publicación del proyecto de "Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima"

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16295.

Entidad: Municipalidad Metropolitana de Lima (MML).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 6 de noviembre del 2021.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental.

* Ley N.° 28611, Ley General del Ambiente.

Información relacionada:

+ MML reglamenta el Sistema Metropolitano de Gestión Ambiental en la provincia. [MML, D. de Alc. 22, 26/12/2020]

R. de Alc. 347
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Las tres nuevas directivas que proyecta la SBN: usufructo, transferencia y reversión y servidumbre de los predios estatales

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La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) dispone que se publiquen, por un plazo de cinco días hábiles (contados desde hoy), los siguientes tres proyectos normativos en su portal institucional (www.sbn.gob.pe) con el objeto de recibir las sugerencias, comentarios y/o aportes de las entidades públicas y privadas, así como de las personas interesadas:

(1) Proyecto de resolución que aprueba la directiva denominada "Disposiciones para el usufructo de predios estatales", de la citada directiva, de sus anexos y de su exposición de motivos.

(2) Proyecto de directiva denominada "Disposiciones para la transferencia interestatal y para la reversión de dominio de predios estatales", del proyecto de resolución que la aprueba y su exposición de motivos

(3) Proyecto de directiva denominada "Disposiciones para la constitución del derecho de servidumbre sobre predios estatales", del proyecto de resolución que la aprueba y su exposición de motivos.

Los comentarios sobre los tres proyectos normativos se podrán enviar hasta por un plazo de cinco días hábiles contados desde hoy. [SBN, R. 095-2021/SBN, R. 0096-2021/SBN, R. 0097-2021/SBN, 5/11/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Disponen la publicación en el portal institucional del proyecto de resolución que aprueba la directiva denominada Disposiciones para el usufructo de predios estatales

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16295.

Entidad: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 5 de noviembre del 2021.

Fe de erratas: ninguna.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Texto Único Ordenado de la Ley N.° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N.° 019-2019-Vivienda.

* Reglamento de la Ley N.° 29151, aprobado por el Decreto Supremo N.° 008-2021-Vivienda.

Información relacionada:

+ La SBN lanza dos proyectos de directiva: la permuta de inmuebles del Estado y la asunción de titularidad por abandono y puesta a disposición de predios estatales. [SBN, R. 0092-2021/SBN y R. 0093-2021/SBN, 29/10/2021]

+ La gestión de los predios estatales | Vivienda reglamenta la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. [Vivienda, D. S. 008-2021-Vivienda, 11/04/2021]

R. 0095-2021-SBN
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R. 0096-2021-SBN
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R. 0097-2021-SBN
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Lince condonará el 100 % de intereses, reajustes, gastos administrativos y costas a contribuyentes si se cancelan las obligaciones por Impuesto Predial, arbitrios y multas

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La Municipalidad Distrital de Lince (MDL) dispone diversos beneficios tributarios y no tributarios que permitirán a los contribuyentes y/o administrados el cumplimiento de sus obligaciones y, con ello, reducir el impacto que generan las medidas extraordinarias adoptadas por el Gobierno para enfrentar el avance de la COVID-19, proceso dentro del marco de la reactivación económica que impulsa. Para acceder a los beneficios que regula esta ordenanza el contribuyente y/o administrado deberá haber efectuado el pago anual del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2021. Entre otros beneficios, se condonará el 100 % de los intereses moratorios, reajustes, gastos administrativos y costas procesales de las obligaciones tributarias por el Impuesto Predial, arbitrios municipales y multas tributarias hasta el ejercicio 2021, inclusive. Asimismo, las deudas generadas por el fraccionamiento tendrán la condonación del 100 % de los intereses moratorios generados producto de las cuotas vencidas por el fraccionamiento siempre y cuando cumplan con el pago al contado del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2021. Los beneficios estarán vigentes hasta el 30 de noviembre del 2021. [MDL, Ord. 463-2021-MDL, 5/11/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y/o administrados en el distrito de Lince a consecuencia del estado de emergencia por el rebrote del COVID-19

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 162951.

Entidad: Municipalidad Distrital de Lince (MDL).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 6 de noviembre del 2021.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario.

* Decreto Supremo N.° 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal.

Información relacionada:

+ Hasta el 31 de julio van los beneficios tributarios en Lince. [MDL, D. de Alc. 07-2021-MDL, 30/06/2021]

Ord. 463-2021-MDL
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Santa Anita prorroga la "Amnistía General Tributaria 2021" hasta fines de noviembre

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Los vecinos de Santa Anita podrán acceder a los beneficios de la "Amnistía General Tributaria 2021" hasta el 30 de noviembre del 2021, pues la municipalidad dispone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N.° 000303/MDSA, norma que la aprobó. Esta medida se toma dada la coyuntura actual de graves circunstancias que afectan la vida de las personas como consecuencia de la COVID-19 que ha golpeado fuertemente la economía de los vecinos del distrito y, en consecuencia, significado un considerable aumento del índice de morosidad tributaria y administrativa. [MDSA, D. de Alc. 000013-2021/MDSA, 5/11/2021]

Ficha legal de la noticia:

Sumilla y ubicación oficial de la norma:

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 000303/MDSA, que aprobó la "Amnistía General Tributaria 2021"

Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N° 162951.

Entidad: Municipalidad Distrital de Santa Anita (MDSA).

Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna.

Derogaciones: ninguna.

Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 6 de noviembre del 2021.

Fe de erratas: no aplica.

Valores agregados LEX:

Concordancias y antecedentes:

* Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

* Ordenanza N.° 000303/MDSA que aprobó la "Amnistía General Tributaria 2021".

Información relacionada:

+ Sin intereses ni moras | La amnistía general de las obligaciones tributarias y administrativas en Santa Anita regirá hasta el 30 de abril del 2021. [MDSA, Ord. 000303/MDSA, 2/04/2021]

D. de Alc. 000013-2021-MDSA
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