Al igual que Ica, Junín exigirá carné de vacunación contra la COVID-19 a quienes quieran asistir a espectáculos masivos
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Con el objetivo de tener una región más fortalecida ante la tercera ola de la COVID-19, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Junín (GRJ) dictó por mayoría esta ordenanza que dispone la obligación de presentar el carné de vacunación contra la COVID-19 como requisito obligatorio para ingresar a espectáculos y establecimientos de asistencia masiva. Se sujetan al ámbito de aplicación de esta ordenanza regional, las personas naturales sobre cuyas edades el Estado les ha brindado la oportunidad de vacunarse gratuitamente; del mismo modo, las personas naturales y jurídicas que administran establecimientos públicos y privados al igual que el personal que labora en locales que reciben una concurrencia masiva. Los establecimientos en los que se exigirá la presentación del carnet o el certificado de vacunación son los siguientes: casinos y tragamonedas, restaurantes, estadios, cines, bares, discotecas, gimnasios, y cualquier otro que determine la autoridad sanitaria en coordinación con los gobiernos locales, previa coordinación con la autoridad sanitaria regional. Se exonera del cumplimiento de la presente ordenanza regional a las personas naturales cuyas edades se encuentran pendientes de vacunación. [GRJ, Ord. Reg. 351-GRJ/CR, 15/10/2021] Ficha legal de la noticia: Sumilla y ubicación oficial de la norma: Ordenanza regional que aprueba excepcionalmente mientras dure la emergencia sanitaria el requerimiento de carnet y/o certificado de vacunación contra el COVID-19 para el ingreso a eventos de concurrencia masiva en establecimientos públicos y privados en la jurisdicción de la Región Junín Separata de Normas Legales, Diario Oficial "El Peruano", Año XXXVIII, N.° 16259. Entidad: Gobierno Regional de Junín (GRJ). Modificaciones, adecuaciones, incorporaciones, prórrogas, suspensiones, ratificaciones, barreras burocráticas ilegales: ninguna. Derogaciones: ninguna. Vigencia o situación legal de la norma: vigente desde el 16 de octubre del 2021. Fe de erratas: no aplica. Valores agregados LEX: Concordancias y antecedentes: * Artículo 15 de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Información relacionada: + El ingreso a restaurantes, casinos, gimnasios y a actividades de carácter masivo en Ica se realizará con carné de vacunación. [GORE-Ica, Ord. 0011-2021-GORE-Ica, 23/09/2021]
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