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Normas publicadas el día lunes 25

 
 

El MTC dicta el “Manual de Seguridad Vial”

 
 
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En el marco del artículo 16 de la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre (N° 27181), el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprueba el Manual de Seguridad Vial, material que consta de 460 folios. Estos manuales son documentos de carácter normativo y de cumplimiento obligatorio, que sirven como instrumentos técnicos para las diferentes fases de gestión de la infraestructura vial. El texto completo del manual será publicado en la página web del MTC (http://www.mtc.gob.pe). [MTC, R. D. 05-2017-MTC/14, 25/09/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 26/09/2017.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

 
 
 
 
 

Normas publicadas el día sábado 23

 
 

Texto completo del acta final de negociación colectiva en construcción civil 2017 - 2018, entre la Capeco y la FTCCP

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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publica el documento denominado "Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2017-2018", suscrito en trato directo el 25 de agosto del 2017, entre la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP). [MTPE, R. M. 167-2017-TR, 23/09/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: La presente convención colectiva a nivel de rama de actividad, tiene la vigencia de un año, a partir del primero de junio del 2017.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

Lo que dice el acta de negociación:

"(...).

I.- Incremento de remuneraciones:

Primera: Las partes acuerdan que, a partir del 1° de junio del 2017, los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico diario, según las siguientes categorías:

Operario S/. 2.90 nuevos soles

Oficial S/. 1.70 nuevos soles

Peón S/. 1.60 nuevos soles

II.- Otros puntos:

Vigencia:

Segunda: La presente convención colectiva a nivel de rama de actividad, tiene la vigencia de un año, a partir del primero de junio del dos mil diecisiete, siendo de aplicación a todos los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional que laboren en obras de construcción civil públicas o privadas, con excepción de lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Legislativo N° 727.

Reintegros:

Tercera: Una vez que el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, fije los índices o porcentajes correspondientes, los trabajadores solicitarán a su principal el pago de los reintegros provenientes de la presente negociación colectiva.

Naturaleza de los acuerdos adoptados:

Cuarta: Las partes convienen en que los acuerdos adoptados en la presente negociación colectiva tienen vigencia y validez mientras no sean modificados por un nuevo convenio.

De las representaciones gremiales:

El presente convenio colectivo por rama de actividad se celebra entre las organizaciones mayoritarias y representativas de las empresas y trabajadores en la actividad de construcción civil, siendo sus efectos generales para todos los trabajadores del citado ámbito a nivel nacional, durante su vigencia.

(...)."