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Normas publicadas el día sábado 26

 
 

Nuevas sanciones para proveedores del transporte y comercio de alimentos primarios en Independencia

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La Municipalidad de Independencia aprueba la incorporación, en el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), la tipificación de infracciones y sanciones para personas naturales y jurídicas proveedoras del transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos en el distrito. El texto completo de esta ordenanza deberá ser publicado por la Gerencia de Secretaría General, Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y la Comunicación, y Gerencia de Planificación Presupuesto y Racionalización en el portal web de la municipalidad: www.muniindependencia.gob.pe. [MDI, Ord. 000357-2017-MDI, 26/8/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: 27/8/2017.

Modificaciones y derogaciones:

 
 

Comas modifica su RAS y su CUIS e incorpora infracciones al transporte y comercio local de alimentos agropecuarios y piensos

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La Municipalidad Distrital de Comas decidió modificar la ordenanza que regula el régimen de aplicación de sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) e incorpora las infracciones al transporte y comercio local de alimentos agropecuarios primarios y piensos en la jurisdicción del distrito. Según esta ordenanza, será la Sub Gerencia de Salud y Control Ambiental la que se encargará de la actividades de vigilancia sanitaria, prestando apoyo técnico, logístico y de personal para la realización los procedimientos de fiscalización e instrucción de las infracciones administrativas cometidas por personas naturales y jurídicas proveedoras del transporte y el comercio local de alimentos agropecuarios primarios y piensos del distrito que incumplan la normatividad de inocuidad agroalimentaria, en salvaguarda de la vida y la salud de los consumidores. [MDC, Ord. 514/MC, 26/8/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: 27/8/2017.

Modificaciones y derogaciones:

 
 

Gobierno Regional de Arequipa incorpora cuatro procedimientos correspondientes a la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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El Gobierno Regional de Arequipa modificó su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Ordenanza Regional N° 273-Arequipa, e incorporó cuatro procedimientos correspondientes a la gerencia regional de vivienda, construcción y saneamiento, correspondientes a la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento relacionados con la función g) del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Actualización de Valores Arancelarios de 0 a 6 Hectáreas; Copia Certificada de Planos (Material Impreso); Valuaciones Arancelarias y/o Comerciales de Terrenos Rurales, Eriazos y Rivereños al Mar, de 0 a 1 Hectárea (Informe Impreso);  Valuaciones Arancelarias y/o Comerciales de Terrenos Urbanos y/o Edificaciones (Informe Impreso). Los cuadros que corresponden a cada uno de estos procedimientos llevarán detallados los requisitos, derechos de tramitación, calificación, plazo para resolver, dependencia de inicio del procedimiento, autoridad competente para resolver e instancias de resolución de recursos. [GRA, Ord. 370-Arequipa, 26/8/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: 27/8/2017.

Modificaciones y derogaciones: Modifica la Ordenanza Regional N° 273-Arequipa.

 
 

Arequipa declara de interés y prioridad regional la gestión del cambio climático con incidencia en agua y energía

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El Gobierno Regional de Arequipa declara de interés y prioridad regional la gestión del cambio climático con incidencia en agua y energía y encarga a la Autoridad Regional Ambiental (Arma) del Gobierno Regional de Arequipa la coordinación y gestión del cambio climático. [GRA, Ord. 376-Arequipa, 26/8/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: 27/8/2017.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.

 
 

Norma publicada el día domingo 27

 
 
 
 
 

Nuevas infracciones por vigilancia sanitaria municipal de alimentos y piensos en el transporte y comercio local en el Callao

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Como en la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao existen servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos a cargo de organizaciones y empresas responsables de la administración, operación y mantenimiento; la Municipalidad Provincial del Callao incorpora en su Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS), aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 000010, de fecha 24 de febrero del 2007, publicada el 23 de marzo del mismo año, nuevas infracciones por vigilancia sanitaria municipal de alimentos agropecuarios primarios y piensos en el transporte y comercio local. [MPC, Ord. 021-2017, 27/8/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: 28/8/2017.

Modificaciones y derogaciones: Modifica la Ordenanza Municipal Nº 000010

Lo que dice la ordenanza:

“(…) Artículo 1. Incorpórase en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, del Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000010-2007, en el Código 07, Gerencia General de Salud, las infracciones contenidas en el anexo: Cuadro de Infracciones y Sanciones, el mismo que como anexo es parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2. Notificase las infracciones y aplicase las sanciones complementarias a toda persona natural o jurídica, sociedades de hecho, patrimonios autónomos de derecho público o privado, con fines de lucro que, directa o indirectamente, realicen las acciones que son materia de sanción, contenidas en el Cuadro Infracciones y Sanciones, a que se refiere el artículo anterior. (…)"

 
 

Norma publicada el lunes 28

 
 

Gobierno autoriza al Indecopi a exonerar tasas administrativas para registro de marcas colectivas

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Ante la declaración o prorroga del estado de emergencia por desastres naturales, las entidades públicas involucradas ejecutan las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias para la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas. En esa línea, el Ejecutivo decide exonerar el cobro de las tasas por derecho de tramitación del procedimiento de “Registro de Marcas de Productos, Servicios, Colectivas y de Certificación, Nombre Comercial y Lema Comercial”, contemplada en el TUPA del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), para el registro de marcas colectivas a favor de las asociaciones de productores, fabricantes, prestadores de servicios, organizaciones o grupos de personas, comunidades campesinas y comunidades indígenas que domicilien o que su actividad económica se desarrolle dentro del ámbito geográfico de las zonas declaradas en emergencia como consecuencia de los fenómenos climatológicos. Esta medida durará un año. [Indecopi, D. S. 086-2017-PCM, 28/8/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: 29/8/2017.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna

 

Lo que dice el decreto supremo: “(…)

Artículo 1.- Aprobación de exoneración en el cobro de tasas por derecho de tramitación del procedimiento TUPA del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi

Apruébese la exoneración en el cobro de la tasa por derecho de tramitación de los procedimientos de “Registro de Marcas de Productos, Servicios, Colectivas y de Certificación, Nombre Comercial y Lema Comercial”, contemplada en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de Indecopi para las solicitudes de marcas colectivas, aplicable a favor de las asociaciones de productores, fabricantes, prestadores de servicios, organizaciones o grupos de personas, comunidades campesinas y comunidades indígenas, que domicilien o que su actividad económica se desarrolle dentro del ámbito geográfico de las zonas declaradas en emergencia por el Poder Ejecutivo en el primer semestre del año 2017 como consecuencia de los fenómenos climatológicos.

Artículo 2.- Régimen temporal de simplificación de los procedimientos de registro de marcas colectivas para las áreas declaradas en emergencia como consecuencia de fenómenos climatológicos

Establézcase un régimen temporal de simplificación de los procedimientos de registro de marcas colectivas para las áreas declaradas en emergencia por el Poder Ejecutivo en el primer semestre del año 2017 como consecuencia de fenómenos climatológicos, en los siguientes términos:

2.1 Las solicitudes de marcas colectivas presentadas por asociaciones de productores, fabricantes, prestadores de servicios, organizaciones o grupos de personas, comunidades campesinas y comunidades indígenas, que domicilien o que su actividad económica se desarrolle dentro del ámbito geográfico de las zonas declaradas en emergencia por el Poder Ejecutivo en el primer semestre del año 2017 como consecuencia de los fenómenos climatológicos se someten al examen de forma contemplado en el artículo 52-A del Decreto Legislativo Nº 1075, dentro de los cinco (05) días hábiles de presentada la solicitud.

2.2 La autoridad nacional competente tiene un plazo máximo de noventa (90) días hábiles para emitir la resolución que se pronuncie sobre las solicitudes de marcas colectivas presentadas por asociaciones de productores, fabricantes, prestadores de servicios, organizaciones o grupos de personas, comunidades campesinas y comunidades indígenas, que domicilien o que su actividad económica se desarrolle dentro del ámbito geográfico de las zonas declaradas en emergencia por el Poder Ejecutivo en el primer semestre del año 2017 como consecuencia de los fenómenos climatológicos.

Artículo 3.- Vigencia

Las exoneraciones, así como el régimen temporal de simplificación de los procedimientos de registro de marcas colectivas establecidos en los artículos precedentes tienen un plazo de vigencia de un (1) año contados desde la fecha de publicación del presente decreto supremo.

(…)”.