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Comas extiende por 90 días más el beneficio de rebajas para el pago de multas administrativas

municipalidad-comas

Como en su jurisdicción existen personas que todavía mantienen deudas por el concepto de multas administrativas, la Municipalidad Distrital de Comas decidió restituir la vigencia de la Ordenanza N° 486/MC por un plazo de noventa días para otorgar rebajas para el pago de estas deudas. La decisión se materializa en la aprobación de una ordenanza que restituye la vigencia de la citada Ordenanza N° 486/MC. [MC, Ord. Mun. 512/MC, 19/07/17]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 21/07/2017.

Modificaciones, derogaciones, restituciones: Restituye la vigencia de la Ordenanza N° 486/MC.

Lo que dice la ordenanza:

“(...).

Artículo Primero.- Restitúyase la vigencia de la Ordenanza N° 486/MC, con todos sus alcances y beneficios, para el otorgamiento de rebajas para el pago de multas administrativas en el distrito de Comas; por un plazo de noventa (90) días calendarios; en mérito a los considerandos expuestos.

Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Sub Gerencia de Control Municipal y Sanciones, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal, Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva y demás sub gerencias competentes; así como a la Gerencia de Comunicación Municipal para su respectiva difusión.

(...)”.

 
 
 
 
 

Desde mañana, la OEFA fiscalizará y sancionará en materia ambiental la elaboración de productos de tabaco

oefa

A partir del 21 de julio del 2017, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) asume las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental sobre las siguientes actividades contenidas en las divisiones de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme - CIIU: (i) División 24: Fabricación de sustancias y productos químicos y sus clases números 2411, 2412, 2413, 2421, 2422, 2423, 2424, 2429 y 2430; (ii) División 29: Fabricación de maquinaria y equipos n.c.p. y sus clases números 2911, 2912, 2913, 2914, 2915, 2919, 2921, 2922, 2923, 2924, 2925, 2926, 2927, 2929 y 2930; (iii) División 16: Elaboración de Productos de Tabaco; (iv) División 30: Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática; (v) División 32: Fabricación de equipos y aparatos de radio, televisión y comunicaciones; y, (vi) División 33: Fabricación de instrumental médico, óptico y precisión; fabricación de relojes; considerando su equivalente en la Revisión 4. [OEFA, R. 022-2017-OEFA/CD, 20/07/2017]

Ficha:

Entrada en vigencia: Desde el 21/07/2017.

Modificaciones y derogaciones: Ninguna.